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Obtenga una licencia de inversión en Panamá.
Una licencia en dólares con el tarifario dentro de la propia ley y sin reloj. La Superintendencia del Mercado de Valores licencia tres clases de empresa al amparo del Texto Único del Decreto Ley 1 de 1999: la casa de valores, que compra y vende valores por cuenta de clientes o propia, con 250 000 balboas de capital según el artículo 5 del Acuerdo 2-2011 y una póliza de responsabilidad civil profesional de 1 000 000 de balboas; el asesor de inversiones con 50 000 balboas según el artículo 5 del Acuerdo 1-2015, para asesoría y administración discrecional de cuentas sin custodia; y el administrador de inversiones que toda sociedad de inversión ha de designar conforme al Acuerdo 5-2004. El registro cuesta 10 000 balboas para una casa y 5 000 para un asesor (artículo 25), la tasa anual es el 0,0025% del volumen negociado entre 5 000 y 100 000 balboas, y la ley no fija plazo de decisión para ninguna de las dos licencias. El impuesto sobre la renta es del 25% y solo sobre renta de fuente panameña, los dividendos tributan al 10% o al 5%, y el registro recogía 48 casas, 57 asesores y 22 administradores a 31 de agosto de 2026.
Actualizado el
Tres licencias, un tarifario dentro de la ley y ningún reloj.
La ley de valores panameña es el Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999, leído en el Texto Único que incorpora la Ley 67 de 2011, la que creó la Superintendencia del Mercado de Valores. El artículo 50 es la puerta: solo quien tenga licencia de la SMV puede ejercer el negocio de casa de valores o de asesor de inversiones. El artículo 49 los define: la casa de valores compra y vende valores por cuenta de terceros o propia; el asesor de inversiones aconseja, a cambio de remuneración, sobre el precio de los valores o sobre la conveniencia de invertir, y quedan fuera contadores, abogados y profesores cuya asesoría sea incidental; el administrador de inversiones maneja la cartera que le delega una sociedad de inversión, designación que el artículo 15.3 del Acuerdo 5-2004 hace obligatoria. Por debajo de las empresas están las licencias de persona natural de corredor de valores y analista y de ejecutivo principal, que se obtienen por examen de la SMV - 200 preguntas en cuatro horas y 100 más para el ejecutivo -, a 100 balboas por convocatoria.
Las cifras viven en los acuerdos. Una casa de valores mantiene 250 000 balboas libres de gravámenes en todo momento (artículo 5 del Acuerdo 2-2011), activos líquidos de bajo riesgo por al menos el 30% de sus pasivos exigibles dentro del año (artículo 6) y una póliza de responsabilidad civil profesional de al menos 1 000 000 de balboas (artículo 9); un asesor necesita 50 000 balboas conforme al artículo 5 del Acuerdo 1-2015 y una cobertura de errores y omisiones cuyo importe la guía deja abierto. El capital del administrador de inversiones del artículo 40 del Acuerdo 5-2004 y los índices de solvencia del Acuerdo 4-2011 los obtenemos de la SMV y los confirmamos para su expediente antes de presupuestar. El Texto Único sí imprime las tasas - 10 000 balboas por registrar una casa, 5 000 un asesor y después el 0,0025% del volumen negociado anual entre 5 000 y 100 000 balboas -, pero no un plazo de decisión: los artículos 50 a 57 no fijan ninguno, y el artículo 8 del Acuerdo 2-2011 da al solicitante 30 días calendario para contestar observaciones y a la SMV ninguno. Construimos desde Ciudad de Panamá.
Tres licencias de la SMV al amparo del Texto Único del Decreto Ley 1 de 1999: el asesor de inversiones con 50 000 balboas (Acuerdo 1-2015, art. 5), la casa de valores con 250 000 y una póliza de responsabilidad de 1 000 000 (Acuerdo 2-2011, arts. 5 y 9), y el administrador de inversiones. Tasas de 5 000 y 10 000 balboas, un 0,0025% anual del volumen y ningún plazo legal de decisión.
Impuesto sobre la renta del 25% territorial, dividendos al 10% o al 5% y CAIR del 4,67%; 48 casas, 57 asesores y 22 administradores a 31 de agosto de 2026; 4 064 780 personas. Construido desde Ciudad de Panamá.
El asesor de inversiones, o la casa de valores.
Dos licencias separadas por cinco veces de capital: el asesor con 50 000 balboas para asesoría y administración discrecional de cuentas sin custodia, o la casa de valores con 250 000 balboas y el alcance completo de ejecución de órdenes, negociación por cuenta propia y custodia. Fijamos primero la licencia y construimos una sola vez.
El asesor de 50 000 balboas, o la casa de valores de 250 000.
El asesor y administrador de cuentas
Asesoría, recomendaciones, estudios financieros, orientación cambiaria y administración discrecional de cuentas de clientes conforme al artículo 4 del Acuerdo 1-2015: todo salvo la custodia, que un asesor no puede tener. 50 000 balboas de capital según el artículo 5, una póliza de errores y omisiones, un Ejecutivo Principal, un Analista y un oficial de cumplimiento (artículo 10.4), dos de ellos con residencia permanente en Panamá. Solo personas jurídicas; una sociedad extranjera se inscribe antes en el Registro Público. 5 000 balboas por registrarse y 2 500 al año, pagaderos en enero.
Asesoría, recomendaciones, estudios financieros, orientación cambiaria y administración discrecional de cuentas de clientes conforme al artículo 4 del Acuerdo 1-2015: todo salvo la custodia, que un asesor no puede tener. 50 000 balboas de capital según el artículo 5, una póliza de errores y omisiones, un Ejecutivo Principal, un Analista y un oficial de cumplimiento (artículo 10.4), dos de ellos con residencia permanente en Panamá. Solo personas jurídicas; una sociedad extranjera se inscribe antes en el Registro Público. 5 000 balboas por registrarse y 2 500 al año, pagaderos en enero.
- ✓Asesoría y administración discrecional de cuentas (art. 4)
- ✓Sin cuentas de custodia
- ✓50 000 balboas de capital (Acuerdo 1-2015, art. 5)
- ✓Ejecutivo Principal + Analista + oficial de cumplimiento
- ✓5 000 balboas de registro · 2 500 al año
- ✓57 asesores en el registro (31 de agosto de 2026)
La casa de valores completa
Recepción, transmisión y ejecución de órdenes, negociación por cuenta propia, custodia y administración de carteras conforme al artículo 3 del Acuerdo 2-2011, con objeto social exclusivo y acciones nominativas: 250 000 balboas de capital libres de gravámenes (artículo 5), activos líquidos por al menos el 30% de los pasivos a corto plazo (artículo 6), una póliza de responsabilidad civil profesional de 1 000 000 de balboas (artículo 9), activos de clientes fuera de balance con conciliaciones diarias (artículo 42) y consentimiento de la SMV para todo cambio de control del 25% o más (artículos 24-25). Registro de 10 000 balboas; tasa anual del 0,0025% del volumen negociado, con un mínimo de 5 000 y un máximo de 100 000. La operativa cambiaria por cuenta de clientes va por el Acuerdo 4-2013.
Órdenes, cuenta propia, custodia y carteras conforme al Acuerdo 2-2011: 250 000 balboas de capital, 30% de activos líquidos, póliza de 1 000 000, activos de clientes fuera de balance y 10 000 de registro.
- ✓Órdenes, cuenta propia, custodia y carteras (art. 3)
- ✓250 000 balboas de capital · regla del 30% de activos líquidos
- ✓Póliza de responsabilidad civil profesional de 1 000 000 (art. 9)
- ✓Ejecutivo Principal + Corredor de Valores + oficial de cumplimiento
- ✓10 000 balboas de registro · 0,0025% del volumen al año
- ✓48 casas en el registro (31 de agosto de 2026)
Los costes y los plazos se confirman para su caso antes de empezar. Las tasas anteriores son las de los artículos 25 y 26 del Texto Único; el capital del administrador de inversiones y los índices de solvencia del Acuerdo 4-2011 los obtenemos de la SMV antes de abrir el expediente.
Seis cosas que conviene saber antes de presentar en Panamá.
Panamá vende una licencia en dólares con tasas impresas, un sistema fiscal territorial y un registro que funciona, pero sin reloj de decisión.
El artículo 5 del Acuerdo 1-2015 sitúa el capital de un asesor en 50 000 balboas, y el artículo 4 le permite administrar cuentas de clientes de forma discrecional: lo único cerrado para él es la custodia. El balboa está a la par con el dólar estadounidense.El tramo del asesor, dólar a la par.
Artículos 25 y 26 del Texto Único: 10 000 balboas por registrar una casa de valores, 5 000 un asesor y 10 000 un administrador; después, el 0,0025% del volumen negociado al año entre 5 000 y 100 000 balboas, o 2 500 fijos para un asesor.Artículos 25 y 26.
El impuesto sobre la renta es del 25% y solo sobre renta de fuente panameña (artículo 694 del Código Fiscal), y las utilidades de fuente extranjera o exentas se reparten con un impuesto de dividendos del 5% en lugar del 10%.Solo renta de fuente local.
Las listas de la SMV a 31 de agosto de 2026: entre las casas hay 5 bancos, 10 filiales de bancos o grupos y 38 casas independientes, una en fusión y tres en liquidación. Un registro que enseña que la licencia se concede y se usa.El registro, 31 de agosto de 2026.
La ley no recoge límite alguno de propiedad extranjera; una sociedad extranjera se inscribe en el Registro Público y solicita. El artículo 57 y el Acuerdo 1-2023 permiten que una casa de una jurisdicción reconocida se apoye en las normas de su país de origen para parte de los requisitos.Las casas extranjeras se inscriben y solicitan.
Los artículos 50 a 57 no fijan plazo de decisión para una casa ni para un asesor; los 30 días hábiles solo los tiene la sociedad de inversión (artículo 23 del Acuerdo 5-2004). El capital del administrador del artículo 40 de ese acuerdo y los índices de solvencia del Acuerdo 4-2011 los obtenemos de la SMV antes de presentar.Dos cifras salen de la SMV.
En qué se diferencia Panamá de otras rutas.
La comparación honesta: un capital fijo en dólares y unas tasas impresas sin reloj, frente a las garantías indexadas de Montevideo, los 30 más 30 días de Lima y los 20 días hábiles en UVA de Buenos Aires.
| Parámetro | Panamá | Otras jurisdicciones |
|---|---|---|
| Régimen | Texto Único DL 1/1999 · Acuerdos 2-2011, 1-2015 y 5-2004 - licencia de la SMV | Ley 18.627 en Uruguay · LMV DS 020-2023-EF en Perú · Ley 26.831 en Argentina |
| Capital | 50 000 balboas el asesor · 250 000 la casa de valores | Garantías de UI 250 000 a 2 000 000 en Uruguay · S/ 750 000 la SAFI en Perú · de 65 350 a 470 350 UVA en Argentina |
| Alcance | Desde Panamá, sin pasaporte y sin tope de propiedad extranjera | Uruguay, Perú y Argentina: solo mercado local, sin pasaporte |
| Plazos | Sin plazo legal para casas ni asesores | Ninguno en Uruguay · 30 + 30 días en Perú · 20 días hábiles en Argentina |
| País | Tipo de licencia | Fiscalidad | Requisitos |
|---|---|---|---|
Panamá | SMV - casa de valores · asesor · administrador | 25% territorial · dividendos 10% / 5% | De 50 000 a 250 000 balboas · tasas de 5 000 a 10 000 · sin reloj |
Uruguay | BCU/SSF - intermediario · asesor · gestor de portafolios | IRAE 25% · IRNR 7% sobre dividendos · IVA 22% | Garantías de UI 2 000 000 el intermediario · UI 250 000 el asesor · sin plazo publicado |
Perú | SMV - SAB / SIV · SAFI / SAFM | 29,5% · 5% sobre dividendos al exterior | SAFI S/ 750 000 · capital de la SAB confirmado caso por caso · 30 + 30 días (RAI, arts. 22 y 28) |
Argentina | CNV - ALyC · AN · AAGI · AP | Ganancias en escala del 25% / 30% / 35% | ALyC 470 350 UVA · AN y AAGI 65 350 UVA · 20 días hábiles (art. 49) |
Panamá
Uruguay
Perú
ArgentinaRequisitos de la licencia panameña.Requisitos de la licencia.
La SMV mira antes que nada el capital, el seguro, las personas licenciadas y la residencia, y se reúne con usted antes de que presente. La lista siguiente es lo que contiene una solicitud completa.
Refleja el Texto Único del Decreto Ley 1 de 1999, el Acuerdo 2-2011 modificado por el Acuerdo 8-2022, el Acuerdo 1-2015 y el Acuerdo 5-2004, a 2026. Los índices de adecuación de capital del Acuerdo 4-2011, y cualquier regla de dos directores más allá de los residentes anteriores, se confirman caso por caso.Texto Único DL 1/1999 + Acuerdos 2-2011, 1-2015 y 5-2004, a 2026.
De la primera llamada a la licencia de la SMV.
Asesor de inversiones, casa de valores o administrador de inversiones: alcance y línea de capital fijados por escrito antes que nada.Fijada por escrito.
Sociedad de objeto exclusivo con acciones nominativas; Ejecutivo Principal, Corredor o Analista y oficial de cumplimiento examinados; dos residentes permanentes.Examinadas y residentes.
La reunión con la SMV que exige el Acuerdo 9-2013, modificado por el 3-2014, con el expediente moldeado a lo que pide el revisor.Acuerdo 9-2013.
DRA-1 y DRA-2, pacto social, origen de fondos, plan de negocio y seguro presentados; observaciones contestadas dentro de los 30 días calendario del artículo 8. Sin plazo legal de decisión.Contestadas en 30 días.
Tasa de registro pagada, tasa anual agendada, alta en Latinclear y Latinex, y activos de clientes conciliados a diario desde el primer día.Tasas, Latinclear y Latinex.
No hay plazo de decisión para una casa ni para un asesor, ni estadísticas de tramitación: el único reloj es el del solicitante, 30 días calendario para contestar observaciones. Por eso todo el trabajo está en que el expediente reciba las menos posibles.
Gestionado desde nuestra oficina de Ciudad de Panamá.

Asesor, casa de valores o administrador, fijados contra las líneas de 50 000 y 250 000 balboas, la regla del 30% de liquidez y la póliza de 1 000 000, antes de constituir la sociedad.Fijados antes de constituir.
Ejecutivo Principal, Corredor o Analista y oficial de cumplimiento reclutados y presentados a los exámenes de la SMV a 100 balboas cada convocatoria; dos residentes permanentes en su sitio.Examinadas a 100 balboas.
Reunión del Acuerdo 9-2013 celebrada; DRA-1 y DRA-2, pacto social, origen de fondos y plan de negocio armados para que las observaciones sean pocas y se contesten dentro de los 30 días.Pocas observaciones.
Los 10 000 o 5 000 balboas de registro pagados, las tasas anuales agendadas para enero y la custodia en Latinclear y el acceso a Latinex resueltos.Agendadas y conectados.







Fiscalidad de las empresas de inversión en Panamá.
Un 25% territorial, un mínimo alternativo del 4,67% y un impuesto de dividendos que se reduce a la mitad sobre utilidades de fuente extranjera, con la posición del ITBMS sobre las comisiones confirmada en el presupuesto.
Un 25% sobre la renta neta gravable de las personas jurídicas desde el ejercicio fiscal 2011, según la tabla de tasas de la DGI; el 30% solo se aplica cuando el Estado tiene más del 40% de la sociedad. Las tasas del 27,5% y del 30% para entidades financieras reguladas rigieron de 2010 a 2013 y ya no existen.Desde el ejercicio fiscal 2011.
Solo tributa la renta de fuente panameña conforme al artículo 694 del Código Fiscal: lo que una casa o un asesor panameños ganan por actividad en el exterior queda fuera de la base, con sujeción a las reglas de fuente.Artículo 694.
El mínimo alternativo: el 4,67% de la renta gravable bruta para sociedades con ingresos superiores a 1 500 000 balboas, que se paga cuando excede del cálculo ordinario.Por encima de 1 500 000 balboas de ingresos.
El impuesto de dividendos se retiene al 10% sobre utilidades de fuente panameña y al 5% sobre utilidades exentas o de fuente extranjera (artículo 106 del Decreto Ejecutivo 98/2010), por las entidades autorizadas a pagarlos.10% local y 5% de fuente extranjera.
El ITBMS del 7% es la tasa general; el tratamiento de las comisiones de intermediación y asesoría bajo las reglas de servicios financieros se confirma con la DGI en el presupuesto.Posición sobre comisiones confirmada.
El cobro sectorial: el 0,0025% del volumen negociado anual de una casa entre 5 000 y 100 000 balboas, 2 500 para un asesor, 5 000 para un administrador y 125 por cada persona natural licenciada (artículo 26 del Texto Único).0,0025%, de 5 000 a 100 000 balboas.
*Cifras a 2026 conforme al Código Fiscal y a las tablas de tasas de la DGI. Las reglas de fuente, el CAIR y la posición del ITBMS sobre las comisiones se modelan para cada estructura.
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La licencia de inversión panameña, respondida.
¿Qué licencia necesita una empresa de inversión en Panamá?+
Una de las tres que concede la Superintendencia del Mercado de Valores al amparo del artículo 50 del Texto Único del Decreto Ley 1 de 1999: casa de valores para comprar y vender valores por cuenta de clientes o propia, asesor de inversiones para asesoría y administración discrecional de cuentas sin custodia, o administrador de inversiones para manejar la cartera de una sociedad de inversión.
¿Qué capital se exige?+
250 000 balboas para una casa de valores, libres de gravámenes en todo momento (artículo 5 del Acuerdo 2-2011), más activos líquidos por al menos el 30% de los pasivos a corto plazo y una póliza de responsabilidad civil profesional de 1 000 000 de balboas; 50 000 balboas para un asesor (artículo 5 del Acuerdo 1-2015). La cifra del administrador del artículo 40 del Acuerdo 5-2004 la obtenemos de la SMV y la confirmamos antes de presupuestar. El balboa está a la par con el dólar.
¿Cuánto tarda el licenciamiento?+
La ley no fija plazo. Los artículos 50 a 57 del Texto Único no dan a la SMV ninguna fecha límite para una casa ni para un asesor; el solicitante tiene 30 días calendario para contestar observaciones (artículo 8 del Acuerdo 2-2011 y artículo 7 del Acuerdo 1-2015). Los 30 días hábiles desde una presentación completa solo los tiene la sociedad de inversión (artículo 23 del Acuerdo 5-2004). No se publican estadísticas de tramitación.
¿Cuáles son las tasas?+
Artículo 25 del Texto Único: 10 000 balboas por registrar una casa de valores o un administrador, 5 000 un asesor, 300 por cada corredor, analista o ejecutivo principal y 100 por examen. Artículo 26, cada año: el 0,0025% del volumen negociado de una casa entre 5 000 y 100 000 balboas, 2 500 para un asesor, 5 000 para un administrador y 125 por persona natural, pagaderos en enero.
¿Puede un grupo extranjero tener el 100%?+
Sí: la ley no recoge tope de propiedad extranjera. Una sociedad extranjera se inscribe en el Registro Público antes de solicitar como asesor, y toda participación que otorgue control, incluido el 25% o más, necesita autorización previa de la SMV (artículos 24-25 del Acuerdo 2-2011). El artículo 57 y el Acuerdo 1-2023 permiten que una casa de una jurisdicción reconocida se apoye en las normas de su país de origen para parte de los requisitos.
¿Qué personas exige la SMV?+
Una casa: al menos un Ejecutivo Principal, un Corredor de Valores y un Oficial de Cumplimiento (artículo 9.4 del Acuerdo 2-2011); un asesor: un Ejecutivo Principal, un Analista y un oficial de cumplimiento (artículo 10.4 del Acuerdo 1-2015). Dos personas han de tener residencia permanente en Panamá (artículo 51 del Texto Único). Las licencias se obtienen por examen de la SMV: 200 preguntas en cuatro horas y otras 100 para el ejecutivo principal.
¿Cómo tributan las empresas de inversión panameñas?+
Un 25% sobre la renta neta de fuente panameña en un sistema territorial (artículo 694 del Código Fiscal), un mínimo alternativo CAIR del 4,67% por encima de 1 500 000 balboas de ingresos y un impuesto de dividendos del 10% sobre utilidades de fuente local o del 5% sobre utilidades exentas y de fuente extranjera (artículo 106 del Decreto Ejecutivo 98/2010). La posición del ITBMS sobre las comisiones de intermediación y asesoría se confirma en el presupuesto.
¿Existe un fondo de garantía de inversiones?+
Ni el Texto Único ni los acuerdos establecen ninguno; la protección va por las propias reglas de la casa: activos de clientes fuera de balance con conciliaciones diarias por cliente (artículo 42 del Acuerdo 2-2011), custodia centralizada en Latinclear, la póliza de responsabilidad de 1 000 000 de balboas y la prohibición de cuentas de custodia en un asesor. Los índices de solvencia del Acuerdo 4-2011 se confirman caso por caso.
¿Panamá o Uruguay para una firma nueva?+
Uruguay licencia también a personas físicas, deja que un asesor curse órdenes a intermediarios extranjeros y fija sus garantías en unidades indexadas: UI 250 000 para un asesor y UI 2 000 000 para un intermediario. Panamá fija 50 000 y 250 000 balboas en dólares, imprime sus tasas y grava solo la renta de fuente local, pero tampoco fija plazo de decisión. Si busca certeza en dólares, Ciudad de Panamá; si busca licenciar a personas físicas, Montevideo.
¿Por qué Prifinance para Panamá?+
Fijamos la licencia contra las líneas de 50 000 y 250 000 balboas, constituimos la sociedad de objeto exclusivo, reclutamos y examinamos al Ejecutivo Principal, al Corredor o Analista y al oficial de cumplimiento, celebramos la reunión del Acuerdo 9-2013 y presentamos DRA-1 y DRA-2 completos, desde nuestra oficina de Ciudad de Panamá y con Madeira detrás.
¿Qué licencia?+
Casa, asesor o administrador.
¿Capital?+
50 000 o 250 000 balboas.
¿Cuánto tarda?+
Sin plazo legal.
¿Tasas?+
5 000 · 10 000 balboas.
¿100% extranjero?+
Sí, sin tope.
¿Personas?+
Tres licenciadas y dos residentes.
¿Impuestos?+
25% territorial.
¿Garantía?+
No hay; las reglas de la casa.
¿O Uruguay?+
Dólares frente a unidades indexadas.
¿Por qué ustedes?+
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