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El código de 2023: la Ley 6/2023 de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y el Real Decreto 813/2023 sustituyeron el articulado anterior y dejaron a la CNMV una sola escalera de autorización - sociedad de valores, agencia de valores, sociedad gestora de carteras y empresa de asesoramiento financiero -, más una EAFN de ámbito nacional que puede ser una persona física. El capital inicial sigue el art. 9 de la IFD a través del art. 66 del RD 813/2023: 75 000 € sin fondos de clientes, 150 000 € con carácter general y 750 000 € para la negociación por cuenta propia; la EAFN arranca en 50 000 € o en un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 €. La CNMV cobra 10 000 € por autorizar una sociedad o agencia de valores y 1 000 € por una empresa de asesoramiento, resuelve en seis meses y el FOGAIN cubre 100 000 € por inversor, cinco veces el suelo europeo. A cierre de 2024 operaban bajo este régimen noventa y nueve SV y AV, 88 EAF y 52 EAFN.
Actualizado el
Un solo código, un solo supervisor y 100 000 € detrás de cada inversor.
España reescribió su derecho del mercado de valores en 2023. La Ley 6/2023, de 17 de marzo, en vigor desde el 7 de abril de 2023, traspone MiFID II y la IFD; el Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, fija el régimen de las empresas de servicios de inversión y derogó el RD 217/2008. El art. 128 de la Ley enumera los tipos: la sociedad de valores, con todos los servicios del art. 125, negociación por cuenta propia y aseguramiento incluidos; la agencia de valores, con todo salvo la negociación por cuenta propia (el art. 6 del RD admite posiciones limitadas); la sociedad gestora de carteras, para la gestión de carteras y el asesoramiento; la empresa de asesoramiento financiero, solo para el asesoramiento. El capital inicial está en el art. 66 del RD 813/2023 y sigue el art. 9 de la IFD: 750 000 € para la negociación por cuenta propia o el aseguramiento en firme, 75 000 € para las entidades que no mantienen fondos de clientes y 150 000 € para el resto. La CNMV autoriza por el art. 131 e inscribe por el art. 19 del RD; la autorización cuya inscripción no se solicita dentro del año caduca (art. 19.4).
El asesor de ámbito nacional es invención propia del régimen: la empresa de asesoramiento financiero nacional del art. 5 del RD 813/2023 puede ser una persona física, mantiene 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 € por reclamación y 1 500 000 € anuales (art. 5.3), no puede operar en otros Estados de la UE (art. 5.4) y ha de recabar de cada cliente la firma de esa limitación (art. 5.5). El dinero está publicado: la Ley 16/2014 fija 10 000 € por autorizar una SV o una AV, 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF, 300 € por la inscripción y una tasa anual de supervisión de solvencia del 0,10% de los recursos propios exigibles con un mínimo de 500 €. El FOGAIN, por el art. 6.1 del RD 948/2001, garantiza 100 000 € por inversor; el suelo de la Directiva 97/9/CE se queda en 20 000 €. A cierre de 2024 figuraban inscritas noventa y nueve sociedades y agencias de valores, 88 EAF y 52 EAFN, para un mercado de 49 570 725 personas. El expediente lo construimos desde Madrid.
Un código de 2023: la Ley 6/2023 y el RD 813/2023 dan a la CNMV la escalera SV, AV, SGC y EAF sobre capital IFD de 75 000 €/150 000 €/750 000 €, un plazo de seis meses y tasas de 10 000 € a 1 000 €, más la EAFN de ámbito nacional en 50 000 € que puede ser una persona física.
El FOGAIN cubre 100 000 € por inversor, cinco veces el suelo europeo; 25% de impuesto de sociedades y 15% para las entidades de nueva creación; 99 SV y AV, 88 EAF y 52 EAFN. Construido desde Madrid.
La sociedad o agencia de valores, o el asesor.
Una sola escalera de autorización por el art. 128 de la Ley 6/2023: la firma de valores con 10 000 € de tasa de la CNMV y capital IFD según el alcance, y la empresa de asesoramiento con 1 000 € y 75 000 €, o 50 000 € como EAFN de ámbito nacional. El tipo se fija antes de redactar.
La SV o AV intermediaria, o el asesor de 1 000 € de tasa.
El intermediario de valores
La SV presta todos los servicios del art. 125, negociación por cuenta propia y aseguramiento incluidos, en el tramo de 750 000 €; la AV hace todo salvo operar por cuenta propia. Ambas presentan sobre los formularios del Reglamento (UE) 2017/1945, abonan 10 000 € y pasaportan por el EEE.
La SV presta todos los servicios del art. 125, negociación por cuenta propia y aseguramiento incluidos, en el tramo de 750 000 €; la AV hace todo salvo operar por cuenta propia. Ambas presentan sobre los formularios del Reglamento (UE) 2017/1945, abonan 10 000 € y pasaportan por el EEE.
- ✓SV - todos los servicios, cuenta propia, aseguramiento
- ✓AV - todos los servicios salvo cuenta propia
- ✓75 000 € / 150 000 € / 750 000 € (art. 9 de la IFD)
- ✓Tasa de autorización de la CNMV 10 000 €
- ✓Cobertura FOGAIN 100 000 € por inversor
- ✓99 SV y AV a cierre de 2024
El asesor - MiFID o de ámbito nacional
La empresa de asesoramiento financiero presta solo asesoramiento de inversiones, mantiene 75 000 € por el art. 9(2) de la IFD, abona 1 000 € a la CNMV y pasaporta; su gemela nacional, la EAFN, puede ser una persona física residente en España con 50 000 € o un seguro de 1 000 000 € - y sin pasaporte alguno.
Solo asesoramiento en 75 000 € y con pasaporte, o la EAFN de ámbito nacional en 50 000 € y sin él.
- ✓Solo asesoramiento de inversiones (art. 125)
- ✓75 000 € - sin fondos de clientes
- ✓Tasa CNMV 1 000 € + 300 € de inscripción
- ✓La EAF pasaporta; la EAFN no
- ✓EAFN: persona física, 50 000 € o seguro
- ✓88 EAF y 52 EAFN a cierre de 2024
Los costes y los plazos se confirman para su caso antes de iniciar cualquier trabajo. La sociedad gestora de carteras (gestión de carteras y asesoramiento, 6 000 € de tasa de la CNMV) y la SGIIC de la Ley 35/2003 se estudian cuando el modelo es de gestión y no de intermediación.
Tasas publicadas, un código corto y 100 000 € de cobertura.
El argumento español es la legibilidad: una ley de 2023, un cuadro de tasas dentro de una norma con rango de ley y un fondo de garantía que paga cinco veces el mínimo europeo.
El art. 6.1 del RD 948/2001 garantiza la posición global de cada inversor hasta 100 000 €, cinco veces el suelo de 20 000 € de la Directiva 97/9/CE, y una línea que merece figurar en todo contrato con clientes.Cinco veces el suelo europeo.
La Ley 6/2023 y el RD 813/2023 sustituyeron al RD 217/2008 tras MiFID II y la IFD - un texto único, numeración vigente y ninguna modificación del reglamento en 2025-2026 que haya que seguir.Un texto, numeración vigente.
La Ley 16/2014 las imprime: 10 000 € por una SV o una AV, 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF, 300 € por la inscripción y el 0,10% anual de los recursos propios exigibles con un suelo de 500 €.10 000 € · 6 000 € · 1 000 €.
Un asesor de ámbito nacional que puede ser una persona física con 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 € (art. 5.3 del RD) - sin pasaporte, y los clientes lo firman (art. 5.5). Un punto de partida, no un destino.Persona física, sin pasaporte.
Por el art. 12.2 del RD 813/2023, la solicitud de modificación de los estatutos se entiende aprobada si la CNMV no resuelve en dos meses - el silencio, por una vez, a favor del solicitante.Cambios aprobados en 2 meses.
El INE cuenta 49 570 725 residentes a 1 de enero de 2026; BME opera las bolsas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia; 107 entidades de crédito venden servicios de inversión junto a las 99 SV y AV.BME en casa.
En qué se diferencia España de otras rutas.
La comparativa honesta: el techo de indemnización más alto de este grupo y un cuadro de tasas impreso, frente a un tipo nominal más alto que el de los regímenes insulares.
| Parámetro | España | Otras jurisdicciones |
|---|---|---|
| Régimen | Ley 6/2023 + RD 813/2023 - CNMV | FR: ACPR + AMF · MT: ISA Cap. 370 |
| Capital | IFD 75 000 €-750 000 € · EAFN 50 000 € | Mismos tramos · sin tramo nacional de 50 000 € |
| Pasaporte | EEE - SV, AV, SGC, EAF; la EAFN no | Mismo pasaporte · el CIF francés no |
| Plazos | 6 meses (art. 131) · cambios 2 meses | FR 3 + 6 meses · CY 8-14 realistas |
| País | Tipo de licencia | Fiscalidad | Requisitos |
|---|---|---|---|
España | ESI de la CNMV - SV, AV, SGC, EAF | 25% · 15% nuevas | IFD 75 000 €-750 000 €, FOGAIN 100 000 € |
Francia | ACPR EI · AMF SGP | 25% · 15% pymes | IFR 75 000 €-750 000 €, FGDR 70 000 € |
Malta | Licencia de servicios de inversión de la MFSA | 35% · devolución 6/7 | 75 000 €-750 000 €, 6 meses, ICS 20 000 € |
Chipre | CIF de CySEC | 12,5% · 15% grandes empresas | IFD 75 000 €-750 000 €, 8-14 meses |
España
Francia
Malta
ChipreRequisitos de la licencia española.Requisitos de la licencia.
La CNMV autoriza por el art. 131 de la Ley 6/2023 y por los arts. 19 a 32 del RD 813/2023, y el plazo de seis meses corre desde que el expediente está completo. La lista siguiente es lo que contiene una solicitud que se aprueba.
Refleja la Ley 6/2023, el RD 813/2023, la Ley 16/2014 y el IFR/IFD a fecha de 2026. El número mínimo de consejeros del art. 54 del RD 813/2023 y los tramos de capital del art. 66 se contrastan con el texto vigente en el presupuesto.Ley 6/2023 + RD 813/2023 + IFR/IFD, a 2026.
De la primera llamada al registro de la CNMV.
SV, AV, SGC, EAF o EAFN - los servicios del art. 125 y el tramo de la IFD fijados por escrito antes de redactar nada.Fijado por escrito.
Sociedad anónima o limitada, capital desembolsado, consejeros y responsables de control reunidos conforme al estándar de idoneidad.Personas idóneas.
Los formularios 2017/1945 presentados por vía electrónica con la tasa de 10 000 € (o de 6 000 € o 1 000 €) - completos, a la primera.Formularios y tasa abonada.
Seis meses desde un expediente completo por el art. 131 y el art. 7(3) de MiFID II; para las entidades sistémicas se consulta al Banco de España (art. 19.2 del RD) - nuestra cifra de planificación son 8-12 meses de principio a fin.8-12 meses realistas.
Tasa de inscripción de 300 € dentro del año, adhesión al FOGAIN, notificaciones al EEE y banca operativa.En marcha dentro del año.
La CNMV publica censos, no tiempos de tramitación; su procedimiento interno de 2016 hablaba de tres meses y un máximo de seis con silencio negativo. Nuestro intervalo es una cifra de planificación levantada sobre el plazo de seis meses y una primera presentación completa.
Gestionado desde nuestra oficina de Madrid.

SV, AV, SGC, EAF o EAFN decidido por escrito y, después, la sociedad anónima o limitada y su capital construidos para ese tipo.Construidos para el tipo.
Programa de actividades, gobierno corporativo y expedientes de idoneidad sobre los formularios 2017/1945 - completos al presentar, para que arranque el plazo de seis meses.Completo al presentar.
Consejeros y responsables de control interno captados conforme al estándar de los arts. 161 a 167 de la Ley 6/2023.Estándar de idoneidad.
Inscripción dentro del año, FOGAIN, notificaciones al EEE de los arts. 142 a 148 y banca secuenciados con la resolución.El EEE desde Madrid.







Fiscalidad de las empresas de servicios de inversión en España.
Un tipo general del 25% con el 15% de las entidades de nueva creación, exención de IVA en las operaciones financieras y una retención del 19% sobre dividendos.
El tipo general del art. 29 de la Ley 27/2014 - la cifra de una ESI de tamaño ordinario.Tipo general y de arranque.
Las sociedades de nueva creación tributan al 15% - el tipo con el que una SV o una EAF presupuesta su primer ejercicio antes de pasar al general.Del 21 al 24% en 2025.
Para 2025, las microempresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros tributan al 21% sobre los primeros 50 000 € y al 22% por encima; las entidades de reducida dimensión, al 24%.Cinco puntos sobre una ESI.
Las entidades de crédito soportan un tipo del 30%: los 107 bancos que venden servicios de inversión en España pagan cinco puntos más que una ESI por el mismo mandato.Finanzas exentas.
Las operaciones financieras y de seguros están exentas del IVA del 21% - el tipo alcanza a los gastos generales, no a los mandatos.Dividendos a no residentes.
Los socios no residentes sin establecimiento permanente soportan un 19% sobre los dividendos en el IRNR; el tipo general de no residentes es del 24% y del 19% para residentes en la UE y el EEE, y los convenios y la exención matriz-filial lo dejan por debajo.Tasa de solvencia, mínimo 500 €.
*Cifras a fecha de 2026 según la legislación española. Los resultados a nivel de grupo y de fundador se modelan según cada estructura.
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Ofrecemos acompañamiento integral, desde la constitución de la sociedad y el expediente de solicitud hasta la interlocución con el regulador y la supervisión del compliance, con un enfoque individual para cada cliente.
Construye la solicitud en sí: sociedad anónima o limitada española, paquete de políticas de PBC/KYC, estructura de capital y altas fiscales. Sus juegos documentales son la razón de que los exámenes terminen en meses y no en años.
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La licencia de inversión española, con respuestas.
¿Qué licencia necesita una empresa de inversión en España?+
La autorización de la CNMV como empresa de servicios de inversión por el art. 131 de la Ley 6/2023: una sociedad de valores para el conjunto completo de servicios, una agencia de valores sin negociación por cuenta propia, una sociedad gestora de carteras para la gestión y el asesoramiento, o una empresa de asesoramiento financiero solo para el asesoramiento.
¿Qué capital se exige?+
El art. 66 del RD 813/2023 aplica los tramos del art. 9 de la IFD: 75 000 € para las entidades que no mantienen fondos ni valores de clientes, 150 000 € con carácter general y 750 000 € para la negociación por cuenta propia o el aseguramiento en firme. Una EAFN necesita 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 € por reclamación.
¿Sociedad o agencia de valores?+
La sociedad de valores puede operar por cuenta propia y asegurar emisiones, de ahí que se sitúe en 750 000 €; la agencia de valores presta todos los demás servicios - ejecución, RTO, gestión y asesoramiento - con solo las posiciones propias limitadas que admite el art. 6 del RD 813/2023, en los tramos inferiores.
¿Qué es una EAFN?+
La empresa de asesoramiento financiero nacional del art. 5 del RD 813/2023: un asesor de ámbito exclusivamente nacional, abierto a personas físicas residentes en España, con 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 €. No tiene pasaporte, y cada cliente firma que lo sabe (art. 5.5). A cierre de 2024 había 52.
¿Cuánto tarda la obtención de la licencia?+
Seis meses desde una solicitud completa por el art. 131 de la Ley 6/2023, en espejo del art. 7(3) de MiFID II; las modificaciones de estatutos se entienden aprobadas tras dos meses de silencio (art. 12.2 del RD). La CNMV no publica estadísticas de tramitación, así que planificamos 8-12 meses con la preparación incluida.
¿Cuánto cobra la CNMV?+
Ley 16/2014: 10 000 € por autorizar una SV o una AV (también una SGIIC o una SGEIC), 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF, 300 € por la inscripción y una tasa anual de supervisión de solvencia del 0,10% de los recursos propios exigibles con un mínimo de 500 €.
¿Cómo funciona el FOGAIN?+
Toda ESI y toda EAFN se adhieren al Fondo de Garantía de Inversiones (art. 3.1 del RD 948/2001); garantiza la posición global de cada inversor hasta 100 000 € (art. 6.1) y se financia con aportaciones fijas de 800 € a 2 700 € más el 2‰ del efectivo de los clientes y el 0,08‰ de sus valores.
¿Cómo tributan las empresas de servicios de inversión españolas?+
25% de Impuesto sobre Sociedades, 15% para las entidades de nueva creación, tramos del 21% al 24% para las pequeñas entidades en 2025 y 30% para las entidades de crédito; IVA del 21% con las operaciones financieras exentas; retención del 19% sobre dividendos a no residentes, rebajada por convenio o por la exención matriz-filial.
¿España o Chipre para una firma nueva?+
Chipre compra un impuesto del 12,5%, un regulador que ha tramitado miles de expedientes CIF y un clúster de servicios que cubre las funciones clave en semanas. España compra un mercado interno de 49,6 millones de personas, 100 000 € de cobertura por inversor y unas tasas impresas en una ley, a cambio de un 25% de impuesto. Los intermediarios paneuropeos suelen empezar en Limasol; quien vende a clientes españoles presenta en Madrid.
¿Por qué Prifinance para España?+
Una oficina en Madrid que levanta la sociedad anónima o limitada, redacta el expediente 2017/1945 conforme al estándar de la Ley 6/2023 y lleva el FOGAIN, la inscripción y el pasaporte como una sola secuencia, con nuestra oficina de Madeira al lado para los grupos ibéricos.
¿Qué licencia?+
ESI de la CNMV.
¿Capital?+
75 000 €/150 000 €/750 000 €.
¿SV o AV?+
Cuenta propia o no.
¿EAFN?+
Nacional, 50 000 €, sin pasaporte.
¿Cuánto tarda?+
6 meses legales.
¿Tasas?+
10 000 € · 1 000 €.
¿FOGAIN?+
100 000 € por inversor.
¿Impuestos?+
25% y 15% las nuevas.
¿O Chipre?+
Cobertura frente al 12,5%.
¿Por qué nosotros?+
Una sola secuencia desde Madrid.
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