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El código de 2023: la Ley 6/2023 de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y el Real Decreto 813/2023 sustituyeron el articulado anterior y dejaron a la CNMV una sola escalera de autorización - sociedad de valores, agencia de valores, sociedad gestora de carteras y empresa de asesoramiento financiero -, más una EAFN de ámbito nacional que puede ser una persona física. El capital inicial sigue el art. 9 de la IFD a través del art. 66 del RD 813/2023: 75 000 € sin fondos de clientes, 150 000 € con carácter general y 750 000 € para la negociación por cuenta propia; la EAFN arranca en 50 000 € o en un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 €. La CNMV cobra 10 000 € por autorizar una sociedad o agencia de valores y 1 000 € por una empresa de asesoramiento, resuelve en seis meses y el FOGAIN cubre 100 000 € por inversor, cinco veces el suelo europeo. A cierre de 2024 operaban bajo este régimen noventa y nueve SV y AV, 88 EAF y 52 EAFN.

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España en breve

Un solo código, un solo supervisor y 100 000 € detrás de cada inversor.

España reescribió su derecho del mercado de valores en 2023. La Ley 6/2023, de 17 de marzo, en vigor desde el 7 de abril de 2023, traspone MiFID II y la IFD; el Real Decreto 813/2023, de 8 de noviembre, fija el régimen de las empresas de servicios de inversión y derogó el RD 217/2008. El art. 128 de la Ley enumera los tipos: la sociedad de valores, con todos los servicios del art. 125, negociación por cuenta propia y aseguramiento incluidos; la agencia de valores, con todo salvo la negociación por cuenta propia (el art. 6 del RD admite posiciones limitadas); la sociedad gestora de carteras, para la gestión de carteras y el asesoramiento; la empresa de asesoramiento financiero, solo para el asesoramiento. El capital inicial está en el art. 66 del RD 813/2023 y sigue el art. 9 de la IFD: 750 000 € para la negociación por cuenta propia o el aseguramiento en firme, 75 000 € para las entidades que no mantienen fondos de clientes y 150 000 € para el resto. La CNMV autoriza por el art. 131 e inscribe por el art. 19 del RD; la autorización cuya inscripción no se solicita dentro del año caduca (art. 19.4).

El asesor de ámbito nacional es invención propia del régimen: la empresa de asesoramiento financiero nacional del art. 5 del RD 813/2023 puede ser una persona física, mantiene 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 € por reclamación y 1 500 000 € anuales (art. 5.3), no puede operar en otros Estados de la UE (art. 5.4) y ha de recabar de cada cliente la firma de esa limitación (art. 5.5). El dinero está publicado: la Ley 16/2014 fija 10 000 € por autorizar una SV o una AV, 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF, 300 € por la inscripción y una tasa anual de supervisión de solvencia del 0,10% de los recursos propios exigibles con un mínimo de 500 €. El FOGAIN, por el art. 6.1 del RD 948/2001, garantiza 100 000 € por inversor; el suelo de la Directiva 97/9/CE se queda en 20 000 €. A cierre de 2024 figuraban inscritas noventa y nueve sociedades y agencias de valores, 88 EAF y 52 EAFN, para un mercado de 49 570 725 personas. El expediente lo construimos desde Madrid.

Un código de 2023: la Ley 6/2023 y el RD 813/2023 dan a la CNMV la escalera SV, AV, SGC y EAF sobre capital IFD de 75 000 €/150 000 €/750 000 €, un plazo de seis meses y tasas de 10 000 € a 1 000 €, más la EAFN de ámbito nacional en 50 000 € que puede ser una persona física.

El FOGAIN cubre 100 000 € por inversor, cinco veces el suelo europeo; 25% de impuesto de sociedades y 15% para las entidades de nueva creación; 99 SV y AV, 88 EAF y 52 EAFN. Construido desde Madrid.

Las dos vías

La sociedad o agencia de valores, o el asesor.

Una sola escalera de autorización por el art. 128 de la Ley 6/2023: la firma de valores con 10 000 € de tasa de la CNMV y capital IFD según el alcance, y la empresa de asesoramiento con 1 000 € y 75 000 €, o 50 000 € como EAFN de ámbito nacional. El tipo se fija antes de redactar.

La SV o AV intermediaria, o el asesor de 1 000 € de tasa.

01 - SOCIEDAD · AGENCIA DE VALORES

El intermediario de valores

La SV presta todos los servicios del art. 125, negociación por cuenta propia y aseguramiento incluidos, en el tramo de 750 000 €; la AV hace todo salvo operar por cuenta propia. Ambas presentan sobre los formularios del Reglamento (UE) 2017/1945, abonan 10 000 € y pasaportan por el EEE.

La SV presta todos los servicios del art. 125, negociación por cuenta propia y aseguramiento incluidos, en el tramo de 750 000 €; la AV hace todo salvo operar por cuenta propia. Ambas presentan sobre los formularios del Reglamento (UE) 2017/1945, abonan 10 000 € y pasaportan por el EEE.

  • SV - todos los servicios, cuenta propia, aseguramiento
  • AV - todos los servicios salvo cuenta propia
  • 75 000 € / 150 000 € / 750 000 € (art. 9 de la IFD)
  • Tasa de autorización de la CNMV 10 000 €
  • Cobertura FOGAIN 100 000 € por inversor
  • 99 SV y AV a cierre de 2024
Iniciar la ruta de la firma de valores →
02 - EAF · EMPRESA DE ASESORAMIENTO
75 000 € · EAFN desde 50 000 €

El asesor - MiFID o de ámbito nacional

La empresa de asesoramiento financiero presta solo asesoramiento de inversiones, mantiene 75 000 € por el art. 9(2) de la IFD, abona 1 000 € a la CNMV y pasaporta; su gemela nacional, la EAFN, puede ser una persona física residente en España con 50 000 € o un seguro de 1 000 000 € - y sin pasaporte alguno.

Solo asesoramiento en 75 000 € y con pasaporte, o la EAFN de ámbito nacional en 50 000 € y sin él.

  • Solo asesoramiento de inversiones (art. 125)
  • 75 000 € - sin fondos de clientes
  • Tasa CNMV 1 000 € + 300 € de inscripción
  • La EAF pasaporta; la EAFN no
  • EAFN: persona física, 50 000 € o seguro
  • 88 EAF y 52 EAFN a cierre de 2024
Evaluar la ruta de asesoramiento →

Los costes y los plazos se confirman para su caso antes de iniciar cualquier trabajo. La sociedad gestora de carteras (gestión de carteras y asesoramiento, 6 000 € de tasa de la CNMV) y la SGIIC de la Ley 35/2003 se estudian cuando el modelo es de gestión y no de intermediación.

Por qué España

Tasas publicadas, un código corto y 100 000 € de cobertura.

El argumento español es la legibilidad: una ley de 2023, un cuadro de tasas dentro de una norma con rango de ley y un fondo de garantía que paga cinco veces el mínimo europeo.

El FOGAIN en 100 000 €

El art. 6.1 del RD 948/2001 garantiza la posición global de cada inversor hasta 100 000 €, cinco veces el suelo de 20 000 € de la Directiva 97/9/CE, y una línea que merece figurar en todo contrato con clientes.Cinco veces el suelo europeo.

Un código escrito en 2023

La Ley 6/2023 y el RD 813/2023 sustituyeron al RD 217/2008 tras MiFID II y la IFD - un texto único, numeración vigente y ninguna modificación del reglamento en 2025-2026 que haya que seguir.Un texto, numeración vigente.

Tasas dentro de una ley

La Ley 16/2014 las imprime: 10 000 € por una SV o una AV, 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF, 300 € por la inscripción y el 0,10% anual de los recursos propios exigibles con un suelo de 500 €.10 000 € · 6 000 € · 1 000 €.

La puerta de la EAFN

Un asesor de ámbito nacional que puede ser una persona física con 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 € (art. 5.3 del RD) - sin pasaporte, y los clientes lo firman (art. 5.5). Un punto de partida, no un destino.Persona física, sin pasaporte.

El silencio aprueba los cambios

Por el art. 12.2 del RD 813/2023, la solicitud de modificación de los estatutos se entiende aprobada si la CNMV no resuelve en dos meses - el silencio, por una vez, a favor del solicitante.Cambios aprobados en 2 meses.

Un mercado interno de 49,6 millones

El INE cuenta 49 570 725 residentes a 1 de enero de 2026; BME opera las bolsas de Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia; 107 entidades de crédito venden servicios de inversión junto a las 99 SV y AV.BME en casa.

Comparativa

En qué se diferencia España de otras rutas.

La comparativa honesta: el techo de indemnización más alto de este grupo y un cuadro de tasas impreso, frente a un tipo nominal más alto que el de los regímenes insulares.

España frente a otras jurisdicciones
ParámetroEspañaOtras jurisdicciones
RégimenLey 6/2023 + RD 813/2023 - CNMVFR: ACPR + AMF · MT: ISA Cap. 370
CapitalIFD 75 000 €-750 000 € · EAFN 50 000 €Mismos tramos · sin tramo nacional de 50 000 €
PasaporteEEE - SV, AV, SGC, EAF; la EAFN noMismo pasaporte · el CIF francés no
Plazos6 meses (art. 131) · cambios 2 mesesFR 3 + 6 meses · CY 8-14 realistas
Régimen
EspañaLey 6/2023 + RD 813/2023 - CNMV
Otras jurisdiccionesFR: ACPR + AMF · MT: ISA Cap. 370
Capital
EspañaIFD 75 000 €-750 000 € · EAFN 50 000 €
Otras jurisdiccionesMismos tramos · sin tramo nacional de 50 000 €
Pasaporte
EspañaEEE - SV, AV, SGC, EAF; la EAFN no
Otras jurisdiccionesMismo pasaporte · el CIF francés no
Plazos
España6 meses (art. 131) · cambios 2 meses
Otras jurisdiccionesFR 3 + 6 meses · CY 8-14 realistas
País por país
PaísTipo de licenciaFiscalidadRequisitos
EspañaESI de la CNMV - SV, AV, SGC, EAF25% · 15% nuevasIFD 75 000 €-750 000 €, FOGAIN 100 000 €
FranciaACPR EI · AMF SGP25% · 15% pymesIFR 75 000 €-750 000 €, FGDR 70 000 €
MaltaLicencia de servicios de inversión de la MFSA35% · devolución 6/775 000 €-750 000 €, 6 meses, ICS 20 000 €
ChipreCIF de CySEC12,5% · 15% grandes empresasIFD 75 000 €-750 000 €, 8-14 meses
España
Tipo de licenciaESI de la CNMV - SV, AV, SGC, EAF
Fiscalidad25% · 15% nuevas
RequisitosIFD 75 000 €-750 000 €, FOGAIN 100 000 €
Francia
Tipo de licenciaACPR EI · AMF SGP
Fiscalidad25% · 15% pymes
RequisitosIFR 75 000 €-750 000 €, FGDR 70 000 €
Malta
Tipo de licenciaLicencia de servicios de inversión de la MFSA
Fiscalidad35% · devolución 6/7
Requisitos75 000 €-750 000 €, 6 meses, ICS 20 000 €
Chipre
Tipo de licenciaCIF de CySEC
Fiscalidad12,5% · 15% grandes empresas
RequisitosIFD 75 000 €-750 000 €, 8-14 meses
Antes de solicitar

Requisitos de la licencia española.Requisitos de la licencia.

La CNMV autoriza por el art. 131 de la Ley 6/2023 y por los arts. 19 a 32 del RD 813/2023, y el plazo de seis meses corre desde que el expediente está completo. La lista siguiente es lo que contiene una solicitud que se aprueba.

01
Sociedad anónima o limitada de duración indefinida - art. 20.1.b del RD 813/2023, con domicilio social y administración efectiva en España (art. 20.1.h); solo la EAFN puede ser una persona física.
02
Capital inicial - art. 66 del RD 813/2023 sobre los tramos del art. 9 de la IFD: 75 000 € sin fondos de clientes, 150 000 € con carácter general y 750 000 € para la negociación por cuenta propia o el aseguramiento en firme.
03
Idoneidad del consejo - honorabilidad, conocimientos y experiencia por los arts. 161, 163.1 y 164 de la Ley 6/2023 y los arts. 54 y 55 del RD; en las ESI significativas, los responsables de las funciones de control interno superan el mismo examen (art. 20.1.e).
04
Participaciones significativas - los accionistas se evalúan por los arts. 152 a 159 de la Ley 6/2023; no existe límite a la participación extranjera.
05
Expediente de solicitud - los formularios del Reglamento (UE) 2017/1945, presentados por vía electrónica (art. 19.1 del RD), con un programa de actividades que la CNMV pueda contrastar.
06
Organización - cumplimiento normativo, riesgos y auditoría interna por el art. 176 de la Ley 6/2023 y el Reglamento Delegado (UE) 2017/565.
07
Adhesión al FOGAIN - art. 3.1 del RD 948/2001: aportaciones fijas de 800 € a 2 700 € según el servicio, más el 2‰ del efectivo de los clientes y el 0,08‰ de sus valores (art. 8.2).
08
Tasas de la CNMV abonadas - 10 000 € por una SV o una AV, 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF y 300 € en la inscripción (arts. 41 y 46 de la Ley 16/2014).
09
Inscripción dentro del año - art. 19.4 del RD: la autorización cuya inscripción no se solicita en doce meses caduca.
10
Particularidades de la EAFN - la persona física reside en España (art. 21.b.2º), mantiene 50 000 € o un seguro de 1 000 000 € por reclamación (art. 5.3) y recaba de cada cliente la firma de que no hay pasaporte (art. 5.5).
01
Sociedad anónima o limitada, dirigida desde España.
02
Capital según el tramo IFD.
03
Idoneidad del consejo acreditada.
04
Participaciones evaluadas.
05
Expediente 2017/1945 completo.
06
Funciones de control en su sitio.
07
Adhesión al FOGAIN.
08
Tasas de la CNMV abonadas.
09
Inscrita dentro del año.
10
EAFN: residente y asegurada.

Refleja la Ley 6/2023, el RD 813/2023, la Ley 16/2014 y el IFR/IFD a fecha de 2026. El número mínimo de consejeros del art. 54 del RD 813/2023 y los tramos de capital del art. 66 se contrastan con el texto vigente en el presupuesto.Ley 6/2023 + RD 813/2023 + IFR/IFD, a 2026.

Cómo funciona

De la primera llamada al registro de la CNMV.

01
Tipo y alcance

SV, AV, SGC, EAF o EAFN - los servicios del art. 125 y el tramo de la IFD fijados por escrito antes de redactar nada.Fijado por escrito.

02
Sociedad y consejo

Sociedad anónima o limitada, capital desembolsado, consejeros y responsables de control reunidos conforme al estándar de idoneidad.Personas idóneas.

03
La solicitud

Los formularios 2017/1945 presentados por vía electrónica con la tasa de 10 000 € (o de 6 000 € o 1 000 €) - completos, a la primera.Formularios y tasa abonada.

04
Examen de la CNMV

Seis meses desde un expediente completo por el art. 131 y el art. 7(3) de MiFID II; para las entidades sistémicas se consulta al Banco de España (art. 19.2 del RD) - nuestra cifra de planificación son 8-12 meses de principio a fin.8-12 meses realistas.

05
Inscripción y pasaporte

Tasa de inscripción de 300 € dentro del año, adhesión al FOGAIN, notificaciones al EEE y banca operativa.En marcha dentro del año.

Datos clave
ReguladorCNMV
NormaLey 6/2023 · RD 813/2023
TiposSV · AV · SGC · EAF · EAFN
Tramo sin fondos de clientes75 000 €
Tramo de cuenta propia750 000 €
EAFN50 000 € o seguro de 1 000 000 €
Plazo legal6 meses
Impuesto de sociedades25% · 15% nuevas

La CNMV publica censos, no tiempos de tramitación; su procedimiento interno de 2016 hablaba de tres meses y un máximo de seis con silencio negativo. Nuestro intervalo es una cifra de planificación levantada sobre el plazo de seis meses y una primera presentación completa.

Sobre el terreno en España

Gestionado desde nuestra oficina de Madrid.

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Lun-Vie · respuesta en un día hábil
01
Tipo y sociedad

SV, AV, SGC, EAF o EAFN decidido por escrito y, después, la sociedad anónima o limitada y su capital construidos para ese tipo.Construidos para el tipo.

02
El expediente ante la CNMV

Programa de actividades, gobierno corporativo y expedientes de idoneidad sobre los formularios 2017/1945 - completos al presentar, para que arranque el plazo de seis meses.Completo al presentar.

03
Consejo y funciones de control

Consejeros y responsables de control interno captados conforme al estándar de los arts. 161 a 167 de la Ley 6/2023.Estándar de idoneidad.

04
Pasaporte y lanzamiento

Inscripción dentro del año, FOGAIN, notificaciones al EEE de los arts. 142 a 148 y banca secuenciados con la resolución.El EEE desde Madrid.

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Conviene saber

Fiscalidad de las empresas de servicios de inversión en España.

Un tipo general del 25% con el 15% de las entidades de nueva creación, exención de IVA en las operaciones financieras y una retención del 19% sobre dividendos.

Impuesto sobre Sociedades 25%

El tipo general del art. 29 de la Ley 27/2014 - la cifra de una ESI de tamaño ordinario.Tipo general y de arranque.

15% para las entidades de nueva creación

Las sociedades de nueva creación tributan al 15% - el tipo con el que una SV o una EAF presupuesta su primer ejercicio antes de pasar al general.Del 21 al 24% en 2025.

Tramos de las pequeñas entidades

Para 2025, las microempresas con una cifra de negocios inferior a 1 millón de euros tributan al 21% sobre los primeros 50 000 € y al 22% por encima; las entidades de reducida dimensión, al 24%.Cinco puntos sobre una ESI.

La banca paga el 30%

Las entidades de crédito soportan un tipo del 30%: los 107 bancos que venden servicios de inversión en España pagan cinco puntos más que una ESI por el mismo mandato.Finanzas exentas.

IVA del 21%, finanzas exentas

Las operaciones financieras y de seguros están exentas del IVA del 21% - el tipo alcanza a los gastos generales, no a los mandatos.Dividendos a no residentes.

Retención del 19% sobre dividendos

Los socios no residentes sin establecimiento permanente soportan un 19% sobre los dividendos en el IRNR; el tipo general de no residentes es del 24% y del 19% para residentes en la UE y el EEE, y los convenios y la exención matriz-filial lo dejan por debajo.Tasa de solvencia, mínimo 500 €.

Resumen fiscal
Impuesto de sociedades25% · 15% nuevas
Tramos de pequeñas entidades21-24% (2025)
Retención sobre dividendos19%
IVA en los servicios21% · finanzas exentas
Tasa de solvencia de la CNMV0,10% de recursos propios · mínimo 500 €

*Cifras a fecha de 2026 según la legislación española. Los resultados a nivel de grupo y de fundador se modelan según cada estructura.

Acompañamiento profesional llave en mano

Abogados con experiencia y consultores internacionales.

Ofrecemos acompañamiento integral, desde la constitución de la sociedad y el expediente de solicitud hasta la interlocución con el regulador y la supervisión del compliance, con un enfoque individual para cada cliente.

Nikolai Timofejev
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15 años en FinTech y pagos. Traza la correspondencia entre su modelo de negocio y el alcance de licencia adecuado y dirige el expediente hasta la resolución de la CNMV, incluidas las conexiones bancarias y de pago.

Oleksii Kindratenko
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Construye la solicitud en sí: sociedad anónima o limitada española, paquete de políticas de PBC/KYC, estructura de capital y altas fiscales. Sus juegos documentales son la razón de que los exámenes terminen en meses y no en años.

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Asistencia integral - desde la sociedad anónima o limitada y el consejo hasta el expediente ante la CNMV, la inscripción, el FOGAIN, el pasaporte y el compliance continuo -, gestionada desde nuestra oficina de Madrid.

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Preguntas frecuentes

La licencia de inversión española, con respuestas.

¿Qué licencia necesita una empresa de inversión en España?+

La autorización de la CNMV como empresa de servicios de inversión por el art. 131 de la Ley 6/2023: una sociedad de valores para el conjunto completo de servicios, una agencia de valores sin negociación por cuenta propia, una sociedad gestora de carteras para la gestión y el asesoramiento, o una empresa de asesoramiento financiero solo para el asesoramiento.

¿Qué capital se exige?+

El art. 66 del RD 813/2023 aplica los tramos del art. 9 de la IFD: 75 000 € para las entidades que no mantienen fondos ni valores de clientes, 150 000 € con carácter general y 750 000 € para la negociación por cuenta propia o el aseguramiento en firme. Una EAFN necesita 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 € por reclamación.

¿Sociedad o agencia de valores?+

La sociedad de valores puede operar por cuenta propia y asegurar emisiones, de ahí que se sitúe en 750 000 €; la agencia de valores presta todos los demás servicios - ejecución, RTO, gestión y asesoramiento - con solo las posiciones propias limitadas que admite el art. 6 del RD 813/2023, en los tramos inferiores.

¿Qué es una EAFN?+

La empresa de asesoramiento financiero nacional del art. 5 del RD 813/2023: un asesor de ámbito exclusivamente nacional, abierto a personas físicas residentes en España, con 50 000 € o un seguro de responsabilidad civil de 1 000 000 €. No tiene pasaporte, y cada cliente firma que lo sabe (art. 5.5). A cierre de 2024 había 52.

¿Cuánto tarda la obtención de la licencia?+

Seis meses desde una solicitud completa por el art. 131 de la Ley 6/2023, en espejo del art. 7(3) de MiFID II; las modificaciones de estatutos se entienden aprobadas tras dos meses de silencio (art. 12.2 del RD). La CNMV no publica estadísticas de tramitación, así que planificamos 8-12 meses con la preparación incluida.

¿Cuánto cobra la CNMV?+

Ley 16/2014: 10 000 € por autorizar una SV o una AV (también una SGIIC o una SGEIC), 6 000 € por una SGC, 1 000 € por una EAF, 300 € por la inscripción y una tasa anual de supervisión de solvencia del 0,10% de los recursos propios exigibles con un mínimo de 500 €.

¿Cómo funciona el FOGAIN?+

Toda ESI y toda EAFN se adhieren al Fondo de Garantía de Inversiones (art. 3.1 del RD 948/2001); garantiza la posición global de cada inversor hasta 100 000 € (art. 6.1) y se financia con aportaciones fijas de 800 € a 2 700 € más el 2‰ del efectivo de los clientes y el 0,08‰ de sus valores.

¿Cómo tributan las empresas de servicios de inversión españolas?+

25% de Impuesto sobre Sociedades, 15% para las entidades de nueva creación, tramos del 21% al 24% para las pequeñas entidades en 2025 y 30% para las entidades de crédito; IVA del 21% con las operaciones financieras exentas; retención del 19% sobre dividendos a no residentes, rebajada por convenio o por la exención matriz-filial.

¿España o Chipre para una firma nueva?+

Chipre compra un impuesto del 12,5%, un regulador que ha tramitado miles de expedientes CIF y un clúster de servicios que cubre las funciones clave en semanas. España compra un mercado interno de 49,6 millones de personas, 100 000 € de cobertura por inversor y unas tasas impresas en una ley, a cambio de un 25% de impuesto. Los intermediarios paneuropeos suelen empezar en Limasol; quien vende a clientes españoles presenta en Madrid.

¿Por qué Prifinance para España?+

Una oficina en Madrid que levanta la sociedad anónima o limitada, redacta el expediente 2017/1945 conforme al estándar de la Ley 6/2023 y lleva el FOGAIN, la inscripción y el pasaporte como una sola secuencia, con nuestra oficina de Madeira al lado para los grupos ibéricos.

¿Qué licencia?+

ESI de la CNMV.

¿Capital?+

75 000 €/150 000 €/750 000 €.

¿SV o AV?+

Cuenta propia o no.

¿EAFN?+

Nacional, 50 000 €, sin pasaporte.

¿Cuánto tarda?+

6 meses legales.

¿Tasas?+

10 000 € · 1 000 €.

¿FOGAIN?+

100 000 € por inversor.

¿Impuestos?+

25% y 15% las nuevas.

¿O Chipre?+

Cobertura frente al 12,5%.

¿Por qué nosotros?+

Una sola secuencia desde Madrid.

Opiniones de clientes
Google4.7★★★★★

Fundadores que querían hacerlo bien.

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K N
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Mina Kedis
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Юрий Валерьевич
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Anna Anna
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Анастасия Одокиенко
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Maria Jose Santome
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