Omán es una jurisdicción que goza de una ubicación idónea dentro de la Península Arábiga. Su economía se considera de renta media, con una fuerte dependencia de los recursos naturales, concretamente del petróleo. Aun así, el gobierno local fomenta el desarrollo de otros sectores, centrándose en la industrialización, la diversificación de la economía y la privatización. Se potencian sectores como el manufacturero, transporte, turismo, logística, pesca y minería. El país también está abierto a que los inversores extranjeros entren en los mercados locales. En particular, se promueven las inversiones extranjeras en infraestructuras, petróleo y gas, bienes inmuebles y turismo. Si le interesa llevar a cabo su proyecto en Omán, puede optar por alguno de los siguientes formatos.
Principales formas de presencia legal y empresarial
Si desea iniciar su actividad comercial en Omán, puede recurrir a uno de los siguientes formatos societarios:
- Sociedad de Responsabilidad Limitada: se trata de una entidad jurídica que pueden fundar como mínimo dos personas cuya responsabilidad está limitada hasta las cantidades aportadas a la sociedad. El número máximo de accionistas, en este caso, es de 50. Si una entidad tiene un accionista extranjero, su capital social debe ser de al menos 150.000 OMR. Esta es la forma corporativa más sencilla para hacer negocios en Omán. La gestión de esta entidad recae en uno o varios accionistas de la misma.
- Sociedad unipersonal: entidad que puede ser constituida por una sola persona jurídica o física. La responsabilidad de un socio único se limita al importe de su participación. Esta persona es al mismo tiempo gerente de la empresa.
- Sociedad anónima: entidad jurídica cuyo capital social está dividido en acciones que pueden ser puestas a disposición del público general. La pueden constituir tres o más personas físicas o jurídicas bajo una de estas modalidades: (i) sociedad anónima cerrada que aplica restricciones a las transferencias de acciones y requiere un capital social de 500.000 OMR, o (ii) sociedad anónima abierta cuyas acciones pueden ser ofrecidas y transferidas libremente a terceros, mientras que su capital social debe ser de al menos 2.000.000 OMR. La responsabilidad de los accionistas se limita únicamente a las cantidades aportadas.
- Cooperativa: es una fórmula que permite llevar a cabo actividades comerciales de forma conjunta por parte de dos o más socios (personas físicas), que son enteramente responsables de los resultados de la operación comercial. Por tanto, pueden responder con sus bienes personales en caso de posibles pérdidas. Todos los socios se consideran administradores en este tipo de sociedad.
- Cooperativa limitada: se trata de una entidad jurídica formada por dos tipos de socios: (i) uno o varios socios colectivos que son enteramente responsables de los resultados de la operación de la cooperativa y gestionan esta actividad empresarial común y (ii) uno o varios socios comanditarios que no son responsables más allá de sus aportaciones realizadas a la cooperativa, no pudiendo participar en la realización de las tareas de gestión, pero se les permite inspeccionar los libros y registros de la sociedad.
- Empresa conjunta: forma contractual mercantil entre dos o más personas físicas o jurídicas. Una empresa conjunta carece de personalidad jurídica. Todas las condiciones para la cooperación entre los socios comerciales se definen en un contrato firmado por todas las partes.
- Sucursal comercial: es una opción adecuada para aquellas empresas no residentes que disponen de contratos o realizan otras actividades comerciales con socios comerciales en Omán. En este caso se requiere el registro como en el caso de las empresas.
- Oficina de representación: esta opción está disponible para aquellas empresas no residentes que tengan la intención de llevar a cabo actividades de promoción o de investigación de mercado. Sin embargo, no está permitido que una oficina de representación desarrolle actividades comerciales.
Requisitos y trámites de registro
Si desea crear una empresa en Omán, el proceso de registro puede requerir pasar los siguientes trámites:
- Definir las prioridades comerciales que pretende materializar a través de la entidad local.
- Elegir y aprobar el nombre comercial de la futura entidad presentando una solicitud al Ministerio de Comercio e Industria.
- Recopilar información sobre los fundadores, los beneficiarios y los directivos de la entidad.
- Preparar la sede social de la futura empresa.
- Pagar íntegramente la cuantía inicial del capital suscrito.
- Redactar los documentos estatutarios y los formularios de registro.
- Presentar la documentación requerida al registrador.
- Registro a efectos fiscales y de seguridad social.
- Solicitar y obtener las licencias y permisos especiales que se requieran para ciertos tipos de actividades reguladas.
Cada caso particular puede variar en función de los antecedentes. Si necesita un asesoramiento personalizado más preciso sobre su caso en particular, póngase en contacto con los especialistas de Prifinance.
Marco jurídico y normativo
Omán está abierto a la inversión extranjera, pero prioriza el interés de los residentes del país. La entrada en los mercados locales puede ser problemática en algunos sectores debido a las numerosas formalidades burocráticas que hay que respetar. Para iniciar un negocio en Omán es necesario conocer todas las costumbres locales, las cuales pueden variar de una región a otra.
La legislación fundamental en el ámbito mercantil comprende la Ley de Inversiones de Capital Extranjero y la Ley de Sociedades Comerciales. Las principales autoridades estatales con las que deben tratar los inversores extranjeros al iniciar y desarrollar sus negocios en el país son el Ministerio de Comercio e Industria, el Ministerio de Finanzas, la Autoridad Pública de la Seguridad Social y la Autoridad del Mercado de Capitales.
Sistema tributario de Omán
A la hora de considerar la opción de registrar una empresa en Omán, hay que tener en cuenta los siguientes aspectos fiscales que caracterizan a esta jurisdicción:
- Tipo del impuesto de sociedades: 15%.
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas: no aplicable.
- Tipo del impuesto sobre el valor añadido: 5%.
- Tipos impositivos de retención: (i) dividendos - 0% (ii) intereses - 0% (iii) cánones - 10%.
- Tipos impositivos sobre las ganancias de capital: (i) corporativos - las ganancias se incluyen en los ingresos ordinarios gravados a un tipo básico, sólo las ganancias de las operaciones con valores cotizados en el Musscat Securities Market están exentas de esta forma de tributación (ii) personales - no aplicable.
Ventajas de la jurisdicción
Si tiene la intención de fundar una empresa en Omán, podrá disfrutar de las siguientes ventajas una vez finalizado el proceso de incorporación:
- Jurisdicción con una ubicación privilegiada.
- Situación económica y política estable.
- Una legislación liberalizada adecuada para la inversión extranjera directa.
- El procedimiento de constitución de una empresa es sencillo.
- Numerosos acuerdos de libre comercio vigentes.
- Seguridad en la posesión de bienes y en la actividad mercantil.
- Infraestructura desarrollada.
- Exenciones disponibles en determinados sectores.