La isla de Jersey es una dependencia de la Corona Británica situada en el Canal de la Mancha, en la Bahía de San Malo, a sólo 22 km. de la costa francesa. Aunque depende de la monarquía británica, Jersey se autogobierna mediante una democracia parlamentaria. Jersey es la isla más grande del Canal de la Mancha, y la dependencia comprende algunos otros islotes y rocas. Aunque su territorio total abarca sólo 120 km2, Jersey es reconocida en todo el mundo por su destacado papel como importante centro financiero internacional.
La larga historia de estabilidad política, económica y jurídica, combinada con la favorable, ágil y dúctil estructura reguladora de la fiscalidad, convierten a Jersey en un lugar seguro y atractivo desde el punto de vista fiscal. La imposición tributaria es especialmente ventajosa para las empresas no residentes, con un tipo impositivo sobre los ingresos y sobre los dividendos igual al 0%. Además, los inversores disponen de una tecnología de la información y unos estándares en telecomunicaciones de primera categoría, así como de servicios postales y de transporte.
Tipos de empresas en Jersey
Los tipos de sociedades disponibles en Jersey se rigen por la Ley de Sociedades de 1991 y se agrupan dentro de la amplia definición de Sociedad de Jersey. Esta categoría general incluye todas las formas posibles para abrir una empresa en esta jurisdicción. En general, la responsabilidad de los miembros de las sociedades de Jersey puede ser limitada por acciones, por garantía o ilimitada. Los principales tipos incluyen:
- Sociedad de Valor Nominal. Este tipo de sociedad puede emitir acciones con un valor de capital nominal, y la cuenta de capital social se ajusta al valor declarado. Mientras que las acciones se emiten con prima, la cuenta de prima de emisión se corresponde con el valor nominal de las acciones. La escritura de constitución debe declarar el capital autorizado inicial y el valor declarado de las acciones autorizadas. El reembolso o la recompra de acciones puede financiarse con cualquier fuente, siempre que se presente una declaración de solvencia aprobada por el director.
- Sociedad Sin Valor Nominal. Emite acciones sin especificar un valor nominal. La escritura de constitución debe declarar el número de acciones autorizadas. La amortización y la recompra de acciones siguen los mismos procedimientos que en las sociedades de valor nominal.
- Sociedad de Responsabilidad Ilimitada. Libera acciones y no posee miembros garantizados. Las acciones emitidas por esta forma de sociedad se conocen como acciones ilimitadas, y sus titulares son responsables de forma ilimitada a la hora de contribuir al patrimonio cuando la sociedad se liquida.
- Sociedad de Garantía. Sólo posee miembros avalistas que garantizan una aportación al patrimonio de la sociedad en caso de insolvencia. Esta forma es adecuada para fines no comerciales, incluidos los ámbitos benéfico, político y social.
- Sociedad Limitada Vitalicia. Su duración está limitada. Su extinción se establece en la declaración o se desencadena por acontecimientos específicos, como el fallecimiento de un afiliado.
- Sociedad de Duración Limitada. Es similar a la sociedad limitada vitalicia. Tras una duración determinada, la sociedad se liquida.
- Sociedad Celular Incorporada. Ofrece una versatilidad inigualable, ya que la corporación puede crear células separadas con sus activos y pasivos.
- Sociedad Celular Protegida. Es una entidad jurídica única que asigna activos y pasivos a las distintas células que crea.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada. Presenta una estructura flexible y es una especie de híbrido entre una empresa y una cooperativa.