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La Ley para Facilitar la Inclusión Financiera de 2015 creó la Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico: una sociedad anónima de capital fijo autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero, con la conformidad del banco central para operar un sistema de pagos móviles. El capital es de USD 200.000 desde la reforma del 31 de octubre de 2019, y no los USD 500.000 que se siguen copiando del texto original. Cada dólar de dinero electrónico emitido está respaldado por un depósito no remunerado del mismo importe en el Banco Central de Reserva. Dos proveedores tienen la autorización, y un registro separado de proveedores de activos digitales ha llegado a noventa y cinco.

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El Salvador en breve

Una licencia de dinero electrónico en dólares, respaldada en el banco central, sobre USD 200.000.

El régimen es una ley de 2015, la Ley para Facilitar la Inclusión Financiera, Decreto Legislativo N° 72 del 13 de agosto de 2015. El artículo 2 hace del licenciatario una sociedad anónima de capital fijo cuya finalidad se limita a proveer dinero electrónico, aunque también puede administrar u operar sistemas de pagos móviles, compensando y liquidando entre proveedores, con la autorización del Banco Central de Reserva. La Superintendencia del Sistema Financiero autoriza y supervisa, y ajusta el capital mínimo cada dos años por la variación del índice de precios al consumidor. Esa cifra de capital es la que más veces se cita mal. El artículo original pedía USD 500.000 íntegramente suscritos y pagados en efectivo y depositados en el banco central; el Decreto Legislativo N° 464 del 31 de octubre de 2019, publicado en el Diario Oficial del 20 de noviembre de 2019, lo sustituyó por USD 200.000, de los cuales el 60% se suscribe y se paga en efectivo al constituirse y el 40% restante se completa dentro de los tres años de operación. Todo lo que siga imprimiendo medio millón cita el texto derogado.

El artículo 10 es el inusual. El dinero electrónico que un proveedor pretenda emitir debe estar respaldado por un depósito no remunerado en el Banco Central de Reserva equivalente al cien por ciento de aquel, constituido por adelantado, afecto solo a las obligaciones de pago con los titulares de los instrumentos e inembargable por las demás deudas del proveedor. No una cuenta en un banco comercial, no un fideicomiso: dinero en el banco central, que la institución puede dejar bajar a medida que bajan las obligaciones. El artículo 5, reformado en 2019, topea una operación individual en un salario mínimo mensual del sector comercio y servicios y el saldo mensual acumulado en cinco, con los depósitos de salario, pensiones y remesas por debajo de ese techo exentos del tope por operación. Hay dos proveedores en el registro. Al lado corre un régimen separado para activos digitales: la Comisión Nacional de Activos Digitales lleva un registro que había llegado a 95 proveedores en agosto de 2026, sin capital mínimo y con hasta veinte días hábiles para resolver. Los pagos instantáneos corren sobre Transfer365, operado por el banco central. La fiscalidad es IVA al 13% y, en la propia copia publicada por el ministerio de hacienda de la ley de renta, 25% sobre la renta imponible de las personas jurídicas. Llevamos el expediente desde Madeira, en español.

La Ley para Facilitar la Inclusión Financiera de 2015 crea la Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico: una sociedad anónima de capital fijo autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero, con conformidad del banco central para operar un sistema de pagos móviles. El capital es de USD 200.000 desde el D.L. 464 de 2019, y no los USD 500.000 que se siguen citando.

El artículo 10 respalda cada dólar emitido con un depósito no remunerado del mismo importe en el Banco Central de Reserva. El artículo 5 topea una operación en un salario mínimo y el saldo mensual en cinco. Dos proveedores; 95 proveedores de activos digitales al lado. Transfer365. Lo llevamos desde Madeira.

Las rutas

El proveedor de dinero electrónico, o el registro de activos digitales.

Dos regímenes separados con dos autoridades separadas: la autorización SPDE para dinero electrónico en dólares y la inscripción en la comisión de activos digitales para servicios de tokens y cripto. Fijamos primero la ruta - y construimos una sola vez.

La autorización de proveedor de dinero electrónico, o la inscripción en la comisión de activos digitales.

01 - PROVEEDOR DE DINERO ELECTRÓNICO

Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico

Una sociedad anónima de capital fijo cuya finalidad se limita a proveer dinero electrónico, autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero. Operar o administrar un sistema de pagos móviles necesita la conformidad separada del Banco Central de Reserva bajo el artículo 2.

Una sociedad anónima de capital fijo cuya finalidad se limita a proveer dinero electrónico, autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero. Operar o administrar un sistema de pagos móviles necesita la conformidad separada del Banco Central de Reserva bajo el artículo 2.

  • Sociedad anónima de capital fijo, finalidad limitada al dinero electrónico (artículo 2)
  • Capital USD 200.000 desde el D.L. 464 del 31 de octubre de 2019
  • 60% pagado en efectivo al constituirse, 40% dentro de tres años
  • Capital ajustado por la Superintendencia cada dos años por variación del IPC
  • Depósito de respaldo no remunerado del 100% en el banco central (artículo 10)
  • Bancos y bancos cooperativos pueden emitir dinero electrónico bajo el artículo 20 con los mismos topes
Iniciar la autorización de la SSF →
02 - PROVEEDOR DE ACTIVOS DIGITALES
PSAD - sin capital

Proveedor de Servicios de Activos Digitales

La Ley de Emisión de Activos Digitales de 2023 permite a un proveedor ofrecer servicios de activos digitales solo una vez inscrito en la Comisión Nacional de Activos Digitales. El artículo 20 no fija capital mínimo y da a la comisión hasta veinte días hábiles para resolver.

Inscripción PSAD en la CNAD: sin capital mínimo, hasta veinte días hábiles para resolver, cinco días de subsanación; 95 proveedores inscritos en agosto de 2026.

  • Inscripción exigida antes de ofrecer cualquier servicio (artículo 18)
  • Sin capital mínimo (artículo 20)
  • Hasta 20 días hábiles para resolver, con cinco días de subsanación
  • Los requisitos cubren capacidad de servicio, estructura, ciberseguridad y atención al cliente
  • 95 proveedores inscritos de PSAD-0001 a PSAD-0095 en agosto de 2026
  • El cuerpo normativo incluye reglas de oferta de stablecoins y una guía de prevención para PSAD
Valorar la inscripción en la CNAD →

Costes y plazos se confirman para su caso antes de empezar cualquier trabajo. Las normas técnicas del banco central para proveedores de dinero electrónico no se sirven desde una página recuperable, así que el detalle del procedimiento y cualquier tasa estatal se confirman con el regulador antes de presentar y se detallan en su presupuesto.

Por qué El Salvador

Dólares de punta a punta, respaldo en el banco central y dos nombres en el registro.

El Salvador usa el dólar estadounidense, mantiene el respaldo del dinero electrónico en su propio banco central y no en una cuenta comercial, y supervisa a dos proveedores. Su régimen de activos digitales corre al lado sobre un reloj de veinte días.

USD 200.000, no USD 500.000

El Decreto Legislativo N° 464 del 31 de octubre de 2019 bajó la cifra a USD 200.000, con el 60% pagado en efectivo al constituirse y el 40% dentro de los tres años de operación.No los USD 500.000 derogados.

El respaldo se guarda en el banco central

El artículo 10 exige un depósito no remunerado en el Banco Central de Reserva equivalente al 100% del dinero electrónico emitido, inembargable por las demás obligaciones del proveedor.Un depósito no remunerado del 100%.

Una economía en dólares

El capital, el depósito del artículo 10, los saldos de billetera y la liquidación están todos en la misma moneda, así que no hay capa de conversión entre la licencia y el producto.Sin capa de conversión que modelar.

Dos proveedores en el registro

La Superintendencia lista dos Sociedades Proveedoras de Dinero Electrónico. El supervisor lee cada expediente él mismo.Un registro corto.

Remesas fuera del tope por operación

El artículo 5 exime del techo por operación a los depósitos de salario, pensiones y remesas por debajo de cinco salarios mínimos, que es lo que necesita un producto de corredor.Fuera del tope por operación.

Un registro de activos digitales al lado

La Comisión Nacional de Activos Digitales había inscrito 95 proveedores en agosto de 2026, sin capital y con una resolución de veinte días hábiles.Noventa y cinco proveedores, veinte días.

Comparativa

En qué se diferencia El Salvador de los regímenes latinoamericanos mayores.

El Salvador pide la cifra de capital más pequeña del grupo y el lugar más estricto para guardar el respaldo. La comparación honesta está abajo.

El Salvador frente a otras jurisdicciones
CaracterísticaEl SalvadorOtras jurisdicciones
CapitalUSD 200.000 desde 2019≈ MXN 4,33M en México · S/ 2,89M en Perú
RespaldoDepósito del 100% en el banco centralFideicomisos y cuentas de banca comercial
MonedaDólar estadounidensePeso, sol, real
Tope de billetera1 salario mínimo por operación · 5 acumuladosSin tope en Uruguay ni en Argentina
Capital
El SalvadorUSD 200.000 desde 2019
Otras jurisdicciones≈ MXN 4,33M en México · S/ 2,89M en Perú
Respaldo
El SalvadorDepósito del 100% en el banco central
Otras jurisdiccionesFideicomisos y cuentas de banca comercial
Moneda
El SalvadorDólar estadounidense
Otras jurisdiccionesPeso, sol, real
Tope de billetera
El Salvador1 salario mínimo por operación · 5 acumulados
Otras jurisdiccionesSin tope en Uruguay ni en Argentina
País por país
PaísTipo de licenciaFiscalidadRequisitos
El SalvadorSPDE (SSF · BCR)25% · IVA 13%USD 200.000 · 100% en el banco central
MéxicoIFPE (CNBV)30% + PTU 10%500k / 700k UDIs · segregación
ColombiaSEDPE (SFC)35%COP 5.846M indexados · Fogafín
PerúEEDE (SBS)29,5%S/ 2,89M · 100% en fideicomiso
El Salvador
Tipo de licenciaSPDE (SSF · BCR)
Fiscalidad25% · IVA 13%
RequisitosUSD 200.000 · 100% en el banco central
México
Tipo de licenciaIFPE (CNBV)
Fiscalidad30% + PTU 10%
Requisitos500k / 700k UDIs · segregación
Colombia
Tipo de licenciaSEDPE (SFC)
Fiscalidad35%
RequisitosCOP 5.846M indexados · Fogafín
Perú
Tipo de licenciaEEDE (SBS)
Fiscalidad29,5%
RequisitosS/ 2,89M · 100% en fideicomiso
Antes de solicitar

Requisitos de la autorización de la SSF.Requisitos de la autorización.

La ley fija la forma societaria, el capital, el respaldo y los topes del producto. Las normas técnicas detrás del procedimiento están en el banco central. La lista de abajo es lo que contiene un expediente que pasa.

01
Una sociedad anónima de capital fijo cuya finalidad se limite a proveer dinero electrónico (artículo 2).
02
Capital social mínimo de USD 200.000 bajo el Decreto Legislativo N° 464 de 2019, con el 60% suscrito y pagado en efectivo al constituirse y el 40% restante completado dentro de los tres años de operación.
03
Espacio en el plan para el ajuste bienal de ese capital, que la Superintendencia fija cada dos años por referencia a la variación del índice de precios al consumidor.
04
La autorización separada del Banco Central de Reserva cuando la sociedad también vaya a administrar u operar un sistema de pagos móviles, compensando y liquidando entre proveedores.
05
El respaldo del artículo 10: un depósito no remunerado en el banco central equivalente al 100% del dinero electrónico a emitir, constituido por adelantado y afecto solo a las obligaciones con los titulares de los instrumentos.
06
Directores, directores ejecutivos y gerentes libres de las inhabilidades de los artículos 3 y 4, con capacidad acorde a la naturaleza de las operaciones.
07
Accionistas, gerentes, directores y directores ejecutivos presentando su información dentro de los treinta días de suscribir acciones y tomar posesión del cargo.
08
Un producto diseñado dentro del artículo 5: un salario mínimo mensual del sector comercio y servicios por operación, cinco acumulados como saldo mensual, con los depósitos de salario, pensiones y remesas exentos del tope por operación.
09
Un pliego tarifario y cualquier modificación presentados a la Superintendencia dentro de los quince días hábiles de su aprobación por el órgano de gobierno, más los deberes de protección de la información del artículo 9.
10
Un procedimiento para los saldos no reclamados, que pasan a la Dirección General de Tesorería dentro de los tres primeros meses posteriores al período correspondiente, con aviso a la Superintendencia dentro de tres días hábiles.
01
Sociedad anónima de capital fijo (artículo 2).
02
Capital USD 200.000; 60% al constituirse.
03
El 40% restante dentro de tres años.
04
Ajuste bienal por IPC de la SSF.
05
Conformidad del banco central para un sistema de pagos.
06
Depósito de respaldo del 100% en el BCR (artículo 10).
07
Directores libres de los artículos 3 y 4.
08
Información presentada dentro de treinta días.
09
Producto dentro de los topes del artículo 5.
10
Pliego tarifario en quince días hábiles.

Refleja la Ley para Facilitar la Inclusión Financiera (D.L. N° 72 de 2015) reformada por el D.L. N° 592 (2017) y el D.L. N° 464 (2019), y la Ley de Emisión de Activos Digitales (D.L. N° 643 de 2023), a 2026. Las normas técnicas del banco central para proveedores de dinero electrónico no fueron recuperables desde una página oficial; el procedimiento y cualquier tasa se confirman con el regulador antes de presentar.D.L. N° 72 (2015) reformado por D.L. N° 592 (2017) y D.L. N° 464 (2019); LEADA D.L. N° 643 (2023).

Cómo funciona

De la primera llamada al registro de la SSF.

01
Ruta y producto

Proveedor de dinero electrónico, inscripción de activos digitales o ambas; el diseño de la billetera contra los topes del artículo 5; la ruta y el presupuesto fijados por escrito.SPDE, PSAD o ambas.

02
Sociedad y capital

Sociedad anónima de capital fijo constituida con la finalidad limitada, USD 200.000 de capital con el 60% pagado en efectivo y el calendario de tres años para el resto.USD 200.000, 60% en efectivo.

03
El expediente de solicitud

Información de accionistas, directores y gerencia, prueba de idoneidad, pliego tarifario y la conformidad del banco central cuando se opera un sistema de pagos.Cargos, tarifas, conformidad del BCR.

04
Examen de la SSF

Rondas de preguntas respondidas. La ley no imprime plazo de decisión para la autorización, así que cuente de seis a nueve meses desde la primera llamada.Sin reloj impreso; 6-9 meses.

05
Respaldo y lanzamiento

El depósito del artículo 10 constituido en el banco central por el 100% del dinero a emitir, conectividad con Transfer365 gestionada, primeros instrumentos emitidos.Depósito en el BCR, después emitir.

Datos clave
ReguladorSuperintendencia del Sistema Financiero
LeyD.L. N° 72 (2015) · D.L. N° 464 (2019)
SociedadSociedad anónima de capital fijo
CapitalUSD 200.000 · 60% / 40%
Respaldo100% en el Banco Central de Reserva
Tope de billetera1 salario mínimo · 5 acumulados
Plazo6-9 meses realistas
Impuesto de sociedades25% · IVA 13%

La ley no imprime plazo de decisión para la autorización de dinero electrónico, y las normas técnicas del banco central no están publicadas en una página que hayamos podido recuperar. Confirmamos el procedimiento y cualquier tasa con el regulador por escrito antes de que se comprometa con un calendario.

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01
Constitución de la sociedad salvadoreña

Una sociedad anónima de capital fijo con la cláusula de finalidad que exige el artículo 2 y USD 200.000 de capital estructurados en 60% al constituirse y 40% a lo largo de tres años.Capital fijo; cláusula de finalidad; capital 60/40.

02
El expediente de la SSF

Información de accionistas, directores y gerencia, prueba de idoneidad frente a los artículos 3 y 4, el pliego tarifario y el diseño del producto contra los topes del artículo 5.Idoneidad, tarifas, diseño del artículo 5.

03
El depósito del artículo 10

El depósito de respaldo no remunerado en el Banco Central de Reserva gestionado y constituido antes de emitir, y la conformidad del banco central obtenida cuando se opera un sistema de pagos móviles.Respaldo constituido antes de emitir.

04
Activos digitales, cuando hacen falta

La inscripción en la Comisión Nacional de Activos Digitales sobre el reloj de veinte días hábiles, en paralelo al expediente de dinero electrónico cuando el modelo necesita ambos.Inscripción en la CNAD cuando hace falta.

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Conviene saber

Fiscalidad de las empresas de pago en El Salvador.

IVA al 13% e impuesto sobre la renta al 25% en la propia copia de la ley del ministerio de hacienda. Dos cifras que circulan mucho no pudieron confirmarse en páginas oficiales, y lo decimos en lugar de repetirlas.

IVA 13%

Artículo 54 de la ley del IVA: trece por ciento sobre la base imponible. El tipo tiene un solo valor y no hay banda reducida.Artículo 54; un solo tipo.

Renta 25%

Artículo 41 de la ley del impuesto sobre la renta según la publica el ministerio de hacienda: las personas jurídicas, domiciliadas o no, aplican el 25% a la renta imponible.Artículo 41 en la copia oficial.

El tramo del 30%, sin confirmar

Se cita mucho un tipo del 30% por encima de USD 150.000 de renta. La copia publicada por el ministerio del artículo 41 no lleva umbral ni segundo tramo, y no pudimos recuperar una consolidación oficial más reciente. Confirmamos su posición por escrito antes de presentar.No confirmado oficialmente.

Retención sobre dividendos, sin confirmar

Se cita a menudo una retención del 5% sobre dividendos. Los artículos 67 y 68 de la ley de renta figuran como derogados y el código tributario que hoy lleva la regla no fue recuperable desde un host oficial, así que la verificamos para su estructura.Tipo no confirmado oficialmente.

Dolarización

El país usa el dólar estadounidense, así que el capital, el depósito del artículo 10, los saldos y las distribuciones van en una sola moneda y no hay línea de tipo de cambio en el modelo.Sin línea de tipo de cambio.

Nómina

Retención de renta y cotizaciones de seguridad social sobre los sueldos de San Salvador. El presupuesto operativo los incluye junto con las contrataciones de cumplimiento.Retención + cotizaciones.

Resumen fiscal
Impuesto sobre la renta25% en la copia oficial del artículo 41
IVA13%
Tramo del 30% sobre USD 150.000No confirmado en páginas oficiales
Retención sobre dividendosNo confirmada en páginas oficiales
MonedaDólar estadounidense
NóminaRetención + cotizaciones

*Cifras a 2026 según el Ministerio de Hacienda. Donde un tipo no pudo leerse en una página oficial lo decimos y lo confirmamos por estructura.

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15 años en FinTech y pagos. Traslada su modelo de negocio al alcance de licencia adecuado y dirige el expediente hasta la resolución de la SSF, incluidas las conexiones bancarias y de pago.

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Elabora la propia solicitud: sociedad anónima de capital fijo salvadoreña, paquete de políticas de PBC/KYC, estructura de capital y altas fiscales. Sus juegos documentales son la razón de que los exámenes terminen en meses, no en años.

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Preguntas frecuentes

La licencia de pago salvadoreña, respondida.

¿Qué licencia necesita un negocio de dinero electrónico en El Salvador?+

La autorización como Sociedad Proveedora de Dinero Electrónico de la Superintendencia del Sistema Financiero bajo la Ley para Facilitar la Inclusión Financiera. Si la sociedad también va a administrar u operar un sistema de pagos móviles, compensando y liquidando entre proveedores, el artículo 2 añade la conformidad del Banco Central de Reserva.

¿Cuánto capital se exige?+

USD 200.000. El Decreto Legislativo N° 464 del 31 de octubre de 2019 sustituyó los USD 500.000 originales por esa cifra: 60% suscrito y pagado en efectivo al constituirse y el 40% restante completado dentro de los tres años de operación. La Superintendencia ajusta el importe cada dos años por la variación del índice de precios al consumidor.

¿Por qué algunas fuentes siguen diciendo USD 500.000?+

Porque la copia de la ley publicada en 2015 sigue siendo la que más circula, y lleva el artículo 2 sin reformar. La reforma está en un decreto aparte de 2019, publicado en el Diario Oficial del 20 de noviembre de 2019. La cifra vigente es USD 200.000.

¿Dónde se guarda el respaldo del dinero electrónico?+

En el banco central. El artículo 10 exige un depósito no remunerado en el Banco Central de Reserva equivalente al 100% del dinero electrónico a emitir, constituido por adelantado, afecto solo a las obligaciones de pago con los titulares de los instrumentos e inembargable por las demás deudas del proveedor.

¿Hay límites a los saldos de billetera?+

Sí. El artículo 5 topea una operación individual en un salario mínimo mensual del sector comercio y servicios y el saldo mensual acumulado en cinco. Los depósitos de salario, pensiones y remesas por debajo de cinco salarios mínimos quedan exentos del tope por operación.

¿Cuánto tarda la Superintendencia?+

La ley no imprime plazo de decisión para la autorización. Las normas técnicas que el banco central debía emitir dentro de los 180 días de la entrada en vigor de la ley no se sirven desde una página recuperable, así que el procedimiento detallado y cualquier tasa se confirman con el regulador antes de presentar. Cuente de seis a nueve meses de principio a fin.

¿Puede un banco emitir dinero electrónico en su lugar?+

Sí. El artículo 20 permite a bancos, bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito proveer dinero electrónico y cuentas de depósito simplificadas, con los mismos topes de saldo y de operación. Esa es la ruta más ligera para un grupo que ya tiene licencia bancaria.

¿Qué es el registro de activos digitales?+

Un régimen separado. Bajo la Ley de Emisión de Activos Digitales de 2023, los proveedores pueden ofrecer servicios de activos digitales solo una vez inscritos en la Comisión Nacional de Activos Digitales. El artículo 20 no fija capital mínimo y da a la comisión hasta veinte días hábiles para resolver, con cinco días hábiles para subsanar un expediente incompleto. En agosto de 2026 había noventa y cinco proveedores inscritos.

¿Cómo tributan las empresas de pago?+

IVA al 13% bajo el artículo 54, e impuesto sobre la renta al 25% en la propia copia publicada por el ministerio de hacienda del artículo 41. El tramo del 30% por encima de USD 150.000 y la retención del 5% sobre dividendos que circulan mucho no pudieron confirmarse en las páginas del ministerio, así que verificamos ambos para su estructura antes de presentar.

¿Por qué El Salvador y no México o Colombia?+

El Salvador pide la cifra de capital más pequeña de los tres, liquida todo en dólares y pone el respaldo en su propio banco central. México tiene 130 millones de personas y un mercado fintech mayor sobre 500.000 o 700.000 UDIs de capital. Colombia protege los depósitos con Fogafín y supervisa un sistema bancario más grande. Los grupos que operan corredores de remesas en dólares hacia Centroamérica empiezan aquí.

¿Qué licencia?+

Autorización SPDE de la SSF.

¿Capital?+

USD 200.000 desde el D.L. 464 de 2019.

¿Por qué USD 500.000 en otros sitios?+

Es el texto derogado de 2015.

¿Respaldo?+

Depósito no remunerado del 100% en el BCR.

¿Límites de billetera?+

Un salario mínimo por operación, cinco acumulados.

¿Cuánto tarda?+

Sin plazo impreso; 6-9 meses realistas.

¿Ruta bancaria?+

Artículo 20, los mismos topes.

¿Activos digitales?+

Registro de la CNAD; veinte días hábiles.

¿Impuestos?+

IVA 13%; renta 25% en la copia oficial.

¿Frente a México / Colombia?+

El capital más pequeño; dólares en todo.

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