Obtenga una licencia de inversión en Colombia.

Colombia imprime sus cifras en la ley. La Superintendencia Financiera de Colombia autoriza la sociedad comisionista de bolsa conforme a la Ley 964 de 2005, el Decreto 2555 de 2010 y el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; el art. 53 de la Ley 510 de 1999 fija su capital en las inversiones obligatorias para ser miembro de la bolsa más 250 000 000 COP para el alcance limitado o 500 000 000 COP para el completo, a valores de 1999 e indexados al IPC del DANE cada mes de enero desde 2000, y el art. 53 num. 5 del EOSF concede al Superintendente cuatro meses desde que el expediente está completo. Todo intermediario se incorpora al Autorregulador del Mercado de Valores y cubre sus mesas con profesionales inscritos en el RNPMV; la lista de la SFC de 2026 recoge 18 comisionistas. La renta es del 35%, del 40% por encima de 120 000 UVT de renta gravable hasta 2027, el 20% sobre dividendos a no residentes, y el mercado son 52 695 952 personas (DANE, 2025).

27 años
en el mercado internacionalen el mercado
60+
especialistas en plantillaespecialistas
400+
Licencias obtenidaslicencias obtenidas

Actualizado el

Colombia en breve

Un supervisor, un autorregulador obligatorio y un suelo de capital con número de artículo.

El marco es la Ley 964 de 2005, la ley del mercado de valores, junto con el Decreto 2555 de 2010, decreto único de los sectores financiero, asegurador y del mercado de valores, y el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), por el que se constituyen las entidades vigiladas. La Superintendencia Financiera de Colombia autoriza la sociedad comisionista de bolsa de valores -la intermediaria del Libro 9 del Decreto 2555, desde el contrato de comisión hasta la negociación por cuenta propia, la administración de portafolios, el asesoramiento y el aseguramiento de emisiones- junto a las fiduciarias y las administradoras de inversión. El capital está en el art. 53 de la Ley 510 de 1999: capital suscrito y pagado no inferior a las inversiones obligatorias para ser miembro de la bolsa más 500 000 000 COP para el conjunto completo de operaciones, o más 250 000 000 COP para el alcance limitado del contrato de comisión, las actividades del art. 7 de la Ley 45 de 1990 y el corretaje. El parágrafo 1 ajusta ambas sumas al IPC del DANE cada año, redondeadas al millón de pesos siguiente, desde el 1 de enero de 2000.

La Ley 964 hace obligatoria la autorregulación: el intermediario es miembro del Autorregulador del Mercado de Valores, y sus operadores y asesores están certificados e inscritos en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores antes de tocar una orden. Los directores y los representantes legales toman posesión ante la SFC. El plazo también está en la ley. El art. 53 num. 5 del EOSF, modificado por el art. 66 de la Ley 1328 de 2009, concede al Superintendente cuatro meses desde la documentación completa, suspendidos mientras la SFC pide información adicional; el num. 4 ordena publicar el aviso dos veces, con no más de siete días entre una y otra. La contribución de vigilancia del art. 337 num. 5 del EOSF y del art. 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 se fija por resolución cada semestre sobre los activos totales. Una fiduciaria necesita 3 417 000 000 COP a valores de 2003 según el art. 80 num. 1 del EOSF, indexados al IPC; el art. 80 no imprime un suelo aparte para una administradora de inversión. Hoy tienen la licencia dieciocho comisionistas. Construimos desde Bogotá.

Un solo supervisor: la SFC autoriza a las comisionistas de bolsa conforme a la Ley 964/2005, el Decreto 2555 y el EOSF; la afiliación al AMV y la certificación RNPMV son obligatorias. Capital del art. 53 de la Ley 510/1999: inversiones en la bolsa más 250 000 000 COP o 500 000 000 COP a valores de 1999, indexados al IPC cada mes de enero. Cuatro meses por el art. 53 num. 5 del EOSF.

Renta del 35%, del 40% por encima de 120 000 UVT hasta 2027, 20% sobre dividendos al exterior e IVA del 19% con las exclusiones del art. 476. 18 comisionistas con licencia en la lista de la SFC de 2026. 52 695 952 personas (DANE, 2025). Construido desde Bogotá.

Las dos vías

La comisionista de alcance limitado - o la intermediaria de alcance completo.

Una licencia y dos tramos de capital en el art. 53 de la Ley 510 de 1999: el alcance limitado para una casa de comisión, el completo para la firma que negocia por cuenta propia. Ambos se apoyan en las inversiones obligatorias para ser miembro de la bolsa; la diferencia son 250 000 000 COP frente a 500 000 000 COP a valores de 1999, cada uno indexado al IPC cada mes de enero. La SFC publica la tabla indexada en enero; presupuestamos con la de 2026.

La comisionista de alcance limitado - o la intermediaria de alcance completo.

01 - COMISIONISTA · ALCANCE LIMITADO

La casa de comisión

El tramo del art. 53 de la Ley 510/1999 para la sociedad comisionista que lleva el contrato de comisión, las actividades del art. 7 de la Ley 45/1990 y el corretaje: capital suscrito y pagado por las inversiones obligatorias de miembro de la bolsa más 250 000 000 COP a valores de 1999, indexados al IPC del DANE y redondeados al millón siguiente cada mes de enero desde 2000. La SFC autoriza dentro de los cuatro meses siguientes al expediente completo (art. 53 num. 5 del EOSF), la afiliación al AMV es obligatoria por la Ley 964/2005 y las mesas se cubren con profesionales inscritos en el RNPMV.

El tramo del art. 53 de la Ley 510/1999 para la sociedad comisionista que lleva el contrato de comisión, las actividades del art. 7 de la Ley 45/1990 y el corretaje: capital suscrito y pagado por las inversiones obligatorias de miembro de la bolsa más 250 000 000 COP a valores de 1999, indexados al IPC del DANE y redondeados al millón siguiente cada mes de enero desde 2000. La SFC autoriza dentro de los cuatro meses siguientes al expediente completo (art. 53 num. 5 del EOSF), la afiliación al AMV es obligatoria por la Ley 964/2005 y las mesas se cubren con profesionales inscritos en el RNPMV.

  • Contrato de comisión, art. 7 de la Ley 45/1990, corretaje
  • Inversiones en la bolsa + 250 000 000 COP (base 1999)
  • Indexación al IPC cada mes de enero desde 2000
  • Cuatro meses - art. 53 num. 5 del EOSF
  • Afiliación al AMV - Ley 964/2005
  • Operadores y asesores inscritos en el RNPMV
Iniciar la ruta de alcance limitado →
02 - COMISIONISTA · ALCANCE COMPLETO
500M COP · indexado al IPC

La intermediaria de alcance completo

Todo el conjunto de operaciones permitidas -la negociación por cuenta propia, que el art. 2.9.4.3.1 del Decreto 2555 reserva a las comisionistas que acreditan el capital de la Ley 510, la administración de portafolios, el asesoramiento, el aseguramiento de emisiones y la administración de valores- sobre las inversiones de miembro de la bolsa más 500 000 000 COP a valores de 1999, indexados al IPC. El mismo plazo de cuatro meses, la misma afiliación al AMV y una renta del 40% en cuanto la renta gravable llega a 120 000 UVT (hasta 2027). En la lista de la SFC de 2026 tienen la licencia dieciocho firmas.

Alcance completo con negociación por cuenta propia: inversiones en la bolsa más 500 000 000 COP a valores de 1999, indexados al IPC; cuatro meses por el art. 53 num. 5 del EOSF.

  • Negociación por cuenta propia - art. 2.9.4.3.1 del Decreto 2555
  • Administración de portafolios, asesoramiento, aseguramiento
  • Inversiones en la bolsa + 500 000 000 COP (base 1999)
  • Cuatro meses - art. 53 num. 5 del EOSF
  • Renta del 40% por encima de 120 000 UVT hasta 2027
  • 18 comisionistas con licencia (SFC, 2026)
Evaluar la ruta de alcance completo →

El capital se acredita por la cifra indexada de la SFC del año de presentación y la contribución por la tarifa de la resolución del semestre; ambas quedan fijadas para su expediente antes de iniciar cualquier trabajo. Cuando el modelo es dinero colectivo, rige en su lugar el suelo de la fiduciaria: 3 417 000 000 COP a valores de 2003 (art. 80 num. 1 del EOSF).

Por qué Colombia

Un mercado de 52 millones con su suelo y su plazo impresos.

Colombia vende un suelo de capital legal, un plazo de resolución legal, una lista corta de firmas establecidas y una regla fiscal con fecha de caducidad.

52 695 952 personas

La cifra de población del DANE para 2025: la bolsa de clientes detrás de la bvc, alcanzable solo a través de un intermediario autorizado por la SFC.DANE, 2025.

Un suelo escrito en la ley

El art. 53 de la Ley 510/1999 imprime el capital: las inversiones de miembro de la bolsa más 250 000 000 COP o 500 000 000 COP a valores de 1999, indexados al IPC cada mes de enero. Nada queda al criterio del supervisor.Base 250M / 500M COP, indexada al IPC.

Un plazo de cuatro meses

Art. 53 num. 5 del EOSF (art. 66 de la Ley 1328/2009): el Superintendente resuelve dentro de los cuatro meses siguientes al expediente completo. El plazo se suspende con los requerimientos, de modo que la fecha la marca la calidad del expediente y no la cola.Art. 53 num. 5 del EOSF.

Dieciocho firmas establecidas

La lista de la SFC de 2026 recoge 18 sociedades comisionistas de bolsa, de Valores Bancolombia y Credicorp Capital Colombia a Acciones y Valores y Larrain Vial Colombia. Una nómina corta para un mercado de 52 millones.Lista de la SFC, 2026.

Un recargo con fecha de caducidad

La renta es del 35% (art. 240 del ET); los cinco puntos adicionales para comisionistas y entidades financieras se aplican solo desde 120 000 UVT de renta gravable y solo de 2023 a 2027 (art. 10 de la Ley 2277/2022). Una firma nueva por debajo del umbral paga el 35%.40% sobre 120 000 UVT, hasta 2027.

Una plantilla certificada, por ley

La Ley 964/2005 hace obligatoria la afiliación al AMV y somete a cada operador y a cada asesor a la certificación y al RNPMV antes de que actúen. Contratar es aquí un paso del licenciamiento: presupuéstelo como tal.AMV y RNPMV por ley.

Comparativa

En qué se diferencia Colombia de otras rutas.

La comparativa honesta: un mercado de 52 millones con suelo legal y plazo de cuatro meses, frente a vecinos que imprimen los suyos en UF, soles y reales.

Colombia frente a otras jurisdicciones
ParámetroColombiaOtras jurisdicciones
RégimenLey 964/2005 · Decreto 2555 · Ley 510/1999 - SFC y AMVCMF en Chile · SMV en Perú · BCB y CVM en Brasil
CapitalInversiones en la bolsa + 250M / 500M COP · indexado al IPC desde 20006 000 UF en Chile · S/ 750 000 SAFI en Perú · 2 millones de BRL por actividad en Brasil
AlcanceMercado interno, sin pasaporteTambién solo interno - sin pasaporte
Plazos4 meses - art. 53 num. 5 del EOSF30 días en Chile · 30 + 30 días en Perú · 60 días en la CVM de Brasil
Régimen
ColombiaLey 964/2005 · Decreto 2555 · Ley 510/1999 - SFC y AMV
Otras jurisdiccionesCMF en Chile · SMV en Perú · BCB y CVM en Brasil
Capital
ColombiaInversiones en la bolsa + 250M / 500M COP · indexado al IPC desde 2000
Otras jurisdicciones6 000 UF en Chile · S/ 750 000 SAFI en Perú · 2 millones de BRL por actividad en Brasil
Alcance
ColombiaMercado interno, sin pasaporte
Otras jurisdiccionesTambién solo interno - sin pasaporte
Plazos
Colombia4 meses - art. 53 num. 5 del EOSF
Otras jurisdicciones30 días en Chile · 30 + 30 días en Perú · 60 días en la CVM de Brasil
País por país
PaísTipo de licenciaFiscalidadRequisitos
ColombiaSFC comisionista de bolsa · fiduciaria35% · 40% por encima de 120 000 UVT hasta 2027Base 250M / 500M COP + IPC · AMV · 4 meses
ChileCMF corredor de bolsa · AGF27% · 35% Adicional6 000 UF · garantía de 4 000 UF · 30 días
PerúSMV SAB · SAFI29,50% IR · 5% sobre dividendosSAFI S/ 750 000 · 30 + 30 días
BrasilBCB CTVM/DTVM · CVM gestor40% nominal en CTVM · 34% general2 millones de BRL por actividad · plazo de 60 días en la CVM
Colombia
Tipo de licenciaSFC comisionista de bolsa · fiduciaria
Fiscalidad35% · 40% por encima de 120 000 UVT hasta 2027
RequisitosBase 250M / 500M COP + IPC · AMV · 4 meses
Chile
Tipo de licenciaCMF corredor de bolsa · AGF
Fiscalidad27% · 35% Adicional
Requisitos6 000 UF · garantía de 4 000 UF · 30 días
Perú
Tipo de licenciaSMV SAB · SAFI
Fiscalidad29,50% IR · 5% sobre dividendos
RequisitosSAFI S/ 750 000 · 30 + 30 días
Brasil
Tipo de licenciaBCB CTVM/DTVM · CVM gestor
Fiscalidad40% nominal en CTVM · 34% general
Requisitos2 millones de BRL por actividad · plazo de 60 días en la CVM
Antes de solicitar

Requisitos de la licencia colombiana.Requisitos de la licencia.

La SFC autoriza conforme al art. 53 del EOSF y vigila conforme al Decreto 2555; el oficio está en un expediente cuyo capital, plantilla y certificaciones ya están en su sitio el día de la presentación, porque los cuatro meses corren desde la integridad. La lista siguiente es lo que contiene una solicitud que se aprueba.

01
Entidad colombiana: una sociedad constituida y autorizada por la Superintendencia Financiera conforme al procedimiento del art. 53 del EOSF; las personas naturales no obtienen licencia de intermediario y actúan como profesionales certificados.
02
Capital mínimo: art. 53 de la Ley 510/1999, capital suscrito y pagado por las inversiones obligatorias de miembro de la bolsa más 500 000 000 COP para el alcance completo o 250 000 000 COP para el limitado, a valores de 1999, ajustados al IPC del DANE y redondeados al millón siguiente cada mes de enero desde 2000; se acredita por la cifra de la tabla de la SFC del año de presentación.
03
Suelo para el dinero colectivo: una sociedad fiduciaria necesita 3 417 000 000 COP a valores de 2003 según el art. 80 num. 1 del EOSF (Ley 795/2003), indexados al IPC; el EOSF no imprime cifra aparte para una sociedad administradora de inversión, así que ese suelo lo confirmamos con la SFC antes de redactar.
04
Afiliación al AMV: todo intermediario se incorpora al Autorregulador del Mercado de Valores, el autorregulador obligatorio de la Ley 964/2005.
05
Profesionales certificados: operadores y asesores certificados por el AMV e inscritos en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores antes de actuar.
06
Posesión: los directores y los representantes legales toman posesión solo tras la evaluación de idoneidad de la SFC.
07
Alcance de actividades: contrato de comisión, administración de portafolios, asesoramiento, aseguramiento de emisiones y administración de valores del Libro 9 del Decreto 2555; negociación por cuenta propia solo para la comisionista que acredita el capital de la Ley 510 (art. 2.9.4.3.1).
08
Conducta y consumidor: la Circular Básica Jurídica de la SFC, reexpedida como Circular Externa 006 de 2025, y un Defensor del Consumidor Financiero conforme a la Ley 1328/2009.
09
Altas fiscales: renta del 35% (art. 240 del ET), del 40% para una comisionista o entidad financiera con renta gravable de 120 000 UVT o más entre 2023 y 2027, retención del 20% sobre dividendos a no residentes (art. 245) e IVA del 19% (art. 468) con las exclusiones del art. 476.
10
Contribución de vigilancia: art. 337 num. 5 del EOSF y art. 11.2.1.4.2 del Decreto 2555, una contribución semestral sobre los activos totales a la tarifa de la resolución de la SFC del semestre; la tarifa de inscripción en el RNAMV la fija una resolución de la SFC y se confirma antes de presentar.
01
Sociedad autorizada por la SFC.
02
Base 250M / 500M COP + inversiones en la bolsa, indexada al IPC.
03
Fiduciaria 3 417M COP (base 2003); suelo de la SAI confirmado.
04
Afiliación al AMV.
05
Profesionales inscritos en el RNPMV.
06
Posesión de los directores.
07
Alcance del Decreto 2555.
08
Circular Básica Jurídica 006/2025.
09
35% · 40% sobre 120 000 UVT · IVA 19%.
10
Contribución semestral sobre activos.

Refleja la Ley 964/2005, la Ley 510/1999, el Decreto 2555/2010, el EOSF y la Ley 2277/2022 a fecha de 2026; las cifras indexadas siguen la tabla de enero de la SFC del año de presentación.Ley 964/2005, Ley 510/1999, Decreto 2555, EOSF, Ley 2277/2022, a 2026.

Cómo funciona

De la primera llamada a la autorización de la SFC en cuatro meses.

01
Alcance y tramo

Alcance limitado (base de 250 000 000 COP) o completo (base de 500 000 000 COP) conforme al art. 53 de la Ley 510/1999, o una fiduciaria cuando el modelo es dinero colectivo.Base de 250M o 500M COP.

02
Sociedad y equipo

La sociedad colombiana, los directores y representantes legales preparados para la posesión y la certificación del AMV para cada mesa.Listos para la posesión.

03
El expediente ante la SFC

La solicitud del art. 53 del EOSF con el capital acreditado por la cifra indexada de la SFC del año: completa al presentar, porque el plazo corre desde la integridad.Completo al presentar.

04
Examen de la SFC

Cuatro meses conforme al art. 53 num. 5 del EOSF: el aviso se publica dos veces, con no más de siete días entre una y otra, y cada requerimiento suspende el plazo hasta que se responde, así que cada uno se responde en su fecha.Cuatro meses; respuesta en fecha.

05
Autorizada y en marcha

Autorización de la SFC, afiliación al AMV, inscripciones en el RNPMV, acceso a la bvc y cuentas abiertas; la primera contribución llega a la tarifa del semestre.AMV, bvc, en marcha.

Datos clave
ReguladorSFC
AutorreguladorAMV · Ley 964/2005
Base de capitalInversiones en la bolsa + 250M / 500M COP · art. 53 de la Ley 510/1999
IndexaciónIPC del DANE · cada mes de enero desde 2000
Plazo legal4 meses · art. 53 num. 5 del EOSF
Comisionistas con licencia18 (lista de la SFC, 2026)
Impuesto de sociedades35% · 40% por encima de 120 000 UVT hasta 2027
Dividendos al exterior20%

Un suelo legal y un plazo legal permiten hacer un plan: el tramo queda fijado, la plantilla se certifica antes de presentar, el capital se acredita por la cifra indexada de la SFC del año y los cuatro meses del art. 53 num. 5 del EOSF empiezan el día en que el expediente está completo.

Sobre el terreno en Colombia

Gestionado desde nuestra oficina de Bogotá.

Prifinance - Colombia
Bogotá · Colombia
Bogotá, Colombia
+351 300 528 936info.en@prifinance.com
Lun-Vie · respuesta en un día hábil
01
Alcance y tramo

Alcance limitado o completo conforme al art. 53 de la Ley 510/1999, fijado por escrito antes de redactar, con el capital acreditado por la cifra indexada de la SFC del año.Fijado por escrito.

02
El expediente ante la SFC

La solicitud del art. 53 del EOSF, los expedientes de posesión de directores y representantes legales y el alcance del Decreto 2555: redactados en español y completos el día de la presentación, porque los cuatro meses corren desde la integridad.Completo el primer día.

03
El AMV y la plantilla

La afiliación al Autorregulador y operadores y asesores inscritos en el RNPMV captados en Bogotá: la regla de contratación que la Ley 964 escribe dentro de la licencia.Certificada en Bogotá.

04
Fiscalidad y lanzamiento

La posición del 35% o del 40% resuelta contra la línea de 120 000 UVT, la primera contribución semestral presupuestada, y el acceso a la bvc y las cuentas bancarias secuenciados con la autorización.Línea de 120 000 UVT resuelta.

También tenemos oficinas en
Estonia
Tallin
Estonia
Roseni 13
+372 602 65 11
Lituania
Vilna
Lituania
Gedimino pr. 2
+370 520 738 81
República Checa
Praga
República Checa
Vlkova 532/8, Žižkov
EAU
Dubái
EAU
33 Level, Al Saqr Business Tower
+971 800 0321096
Reino Unido
Londres
Reino Unido
7 Bell Yard
+44 748 881 18 54
Hungría
Budapest
Hungría
Korányi Sándor u. 4
+36 18 001 911
Turquía
Estambul
Turquía
Perpa Ticaret Merkezi, A Blok
+90 212 900 47 64
Conviene saber

Fiscalidad de las empresas de inversión en Colombia.

Un tipo del 35%, un recargo sectorial de cinco puntos con umbral y fecha de caducidad, el 20% sobre los dividendos que salen del país y un IVA del 19% con exclusiones para el sector: cada cifra atada a un artículo del Estatuto Tributario.

Renta del 35%

Art. 240 del Estatuto Tributario, modificado por el art. 10 de la Ley 2277/2022: el tipo general del impuesto de sociedades es del 35%.Art. 240 del ET.

Cinco puntos para el sector

Parágrafo 2: las entidades financieras, las aseguradoras, las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las bolsas de bienes y productos y los proveedores de infraestructura del mercado con renta gravable de 120 000 UVT o más pagan cinco puntos adicionales, el 40% en total, de 2023 a 2027.40% hasta 2027.

Por debajo del umbral, el 35%

El recargo empieza en 120 000 UVT de renta gravable. La comisionista que se queda por debajo de esa línea paga el tipo general, que es donde están la mayoría de las firmas nuevas en sus primeros años.35%.

Dividendos al exterior, el 20%

Art. 245 del ET (art. 4 de la Ley 2277): los dividendos a sociedades y personas no residentes soportan el 20%; el art. 246 (art. 13 de la Ley 2277) aplica ese mismo 20% al establecimiento permanente.Art. 245.

IVA del 19% y las exclusiones del art. 476

El art. 468 del ET (art. 184 de la Ley 1819/2016) fija el tipo general en el 19%. El art. 476 (art. 11 de la Ley 2010/2019) excluye los intereses y rendimientos financieros de las operaciones de crédito y del leasing (num. 16) y las comisiones de fiduciarias, administradoras de inversión y comisionistas por administrar fondos de inversión colectiva (num. 23); una comisión de intermediación simple se confirma según la estructura.Exclusiones del art. 476.

Contribución a la SFC

Art. 337 num. 5 del EOSF, art. 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 y art. 6 de la Ley 1735/2014: una contribución semestral sobre los activos totales a la tarifa que la SFC fija por resolución cada semestre, la Resolución 1067 de 15 de julio de 2026 para el segundo semestre de 2026. El factor de su primer semestre entra en el presupuesto.Semestral, sobre activos.

Resumen fiscal
Impuesto de sociedades35%
Recargo sectorial+5 puntos · 40% por encima de 120 000 UVT hasta 2027
Dividendos a no residentes20%
IVA19% · exclusiones del art. 476
Contribución a la SFCSemestral · sobre los activos totales

*Cifras a fecha de 2026 según la legislación colombiana. Los resultados a nivel de grupo y de fundador se modelan según cada estructura.

Acompañamiento profesional llave en mano

Abogados con experiencia y consultores internacionales.

Ofrecemos acompañamiento integral, desde la constitución de la sociedad y el expediente de solicitud hasta la interlocución con el regulador y la supervisión del compliance, con un enfoque individual para cada cliente.

Nikolai Timofejev
Nikolai Timofejev

15 años en FinTech y pagos. Traza la correspondencia entre su modelo de negocio y el alcance de licencia adecuado y dirige el expediente hasta la autorización de la SFC, incluidas las conexiones bancarias y de pago.

Oleksii Kindratenko
Oleksii Kindratenko

Construye la solicitud en sí: sociedad colombiana, paquete de políticas de PBC/KYC, estructura de capital y altas fiscales. Sus juegos documentales son la razón de que los exámenes terminen en meses y no en años.

Eugeniu Bevziuc
Eugeniu Bevziuc

Primer punto de contacto para fundadores internacionales. Dirige todo el montaje en remoto, entre husos horarios e idiomas, desde la primera llamada hasta una firma con licencia en funcionamiento.

Sigue a Prifinance

Activos en todos nuestros canales.

Colombia · SFC

Lance su empresa de inversión en Colombia con apoyo experto.

Asistencia integral: desde la sociedad colombiana y el expediente del art. 53 del EOSF hasta la autorización de la SFC, la afiliación al AMV, la plantilla certificada y el compliance continuo, gestionada desde nuestra oficina de Bogotá.

Solicitar una consulta →
Dictamen jurídico gratuito

¿Es Colombia el encaje adecuado para su proyecto?

Nuestro equipo legal analizará su caso sin coste y emitirá un dictamen por escrito sobre qué jurisdicción, alcance de licencia o ruta encaja con su negocio.

Dictamen escrito en 2-5 días hábiles
Pedir un dictamen gratuito →
Preguntas frecuentes

La licencia de inversión de Colombia, con respuestas.

¿Quién concede la licencia a una empresa de inversión en Colombia?+

La Superintendencia Financiera de Colombia. Autoriza y vigila a las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades administradoras de inversión, las sociedades fiduciarias, las administradoras de fondos de pensiones y la propia bolsa, conforme a la Ley 964/2005, el Decreto 2555/2010 y el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, con la normativa que dicta el Ministerio de Hacienda a través de la URF.

¿Qué licencia necesita una intermediaria de valores?+

La de sociedad comisionista de bolsa de valores. El art. 53 de la Ley 510/1999 la divide en dos tramos de capital: el alcance limitado del contrato de comisión, las actividades del art. 7 de la Ley 45/1990 y el corretaje, o el alcance completo, que añade la negociación por cuenta propia, la administración de portafolios, el asesoramiento y el aseguramiento de emisiones sobre la base más alta. Los dos exigen afiliación al AMV y profesionales inscritos en el RNPMV.

¿Qué capital se exige?+

Art. 53 de la Ley 510/1999: las inversiones obligatorias de miembro de la bolsa más 500 000 000 COP para el alcance completo o 250 000 000 COP para el limitado, a valores de 1999, indexados al IPC y redondeados al millón siguiente cada mes de enero desde 2000. La SFC publica los importes indexados cada mes de enero; la tabla de 2026 se confirma antes de presupuestar.

¿Cuánto tarda la SFC?+

Cuatro meses. El art. 53 num. 5 del EOSF, modificado por el art. 66 de la Ley 1328/2009, concede al Superintendente cuatro meses desde la fecha en que se presenta la documentación completa, suspendidos mientras la SFC pide información complementaria; el num. 4 ordena publicar el aviso dos veces, con no más de siete días entre una y otra. Planificamos el expediente para que esté completo el primer día.

¿Qué es el AMV y hay que afiliarse?+

El Autorregulador del Mercado de Valores, el autorregulador obligatorio de los intermediarios conforme a la Ley 964/2005. La afiliación es condición para operar, y los operadores y asesores se certifican ante el AMV y se inscriben en el Registro Nacional de Profesionales del Mercado de Valores.

¿Existe una licencia más ligera solo de asesoramiento?+

En las listas de entidades de la SFC no figura una licencia de asesor aparte: las personas naturales son profesionales certificados, no licenciatarias, y el asesoramiento cabe dentro del alcance de la comisionista. Lo más parecido a una entrada ligera es el tramo limitado, con base de 250 000 000 COP conforme al art. 53 de la Ley 510/1999. Si su modelo es solo asesoramiento, lo primero que hacemos es contrastarlo con ese tramo.

¿Cómo tributan las empresas de inversión colombianas?+

Renta del 35% (art. 240 del ET, art. 10 de la Ley 2277/2022), del 40% para comisionistas y entidades financieras con renta gravable de 120 000 UVT o más entre 2023 y 2027, retención del 20% sobre dividendos a no residentes (art. 245) e IVA del 19% (art. 468) con las exclusiones del art. 476 para los intereses y para las comisiones por administrar fondos de inversión colectiva.

¿Puede un grupo extranjero ser propietario de la firma?+

La SFC no publica ningún tope a la participación extranjera. Lo que puede tener una matriz lo deciden las reglas del EOSF sobre forma jurídica, propiedad y administración, así que la estructura del grupo, la posesión de sus candidatos y cualquier exigencia de residencia se contrastan con los textos de la Superintendencia antes de redactar el expediente.

¿Colombia o Chile para una firma nueva?+

Chile imprime un suelo de 6 000 UF, un plazo de 30 días conforme al art. 28 de la Ley 18.045 y un tipo del 27%; Colombia imprime 250 000 000 COP o 500 000 000 COP por encima de las inversiones en la bolsa, indexados al IPC, y un plazo de cuatro meses, para 52 695 952 personas frente a 18 480 432, pero grava al sector al 40% por encima de 120 000 UVT. Chile es el expediente más rápido; Colombia, el mercado más grande.

¿Por qué Prifinance para Colombia?+

Una oficina en Bogotá para el expediente del art. 53 del EOSF, el capital acreditado por la cifra indexada de la SFC del año de presentación y la contribución presupuestada a la tarifa del semestre antes de que nadie redacte, profesionales certificados por el AMV captados en la propia plaza y una posición fiscal resuelta contra la línea de 120 000 UVT en lugar de supuesta.

¿Quién concede la licencia?+

La SFC.

¿Licencia de intermediaria?+

Comisionista de bolsa.

¿Capital?+

Base 250M / 500M COP, indexada al IPC.

¿Cuánto tarda?+

Cuatro meses por ley.

¿AMV?+

Afiliación obligatoria.

¿Solo asesoramiento?+

No; tramo limitado.

¿Impuestos?+

35%; 40% sectorial.

¿Propietarios extranjeros?+

Sin tope publicado.

¿O Chile?+

Velocidad frente a mercado.

¿Por qué nosotros?+

Bogotá, en la plaza.

Opiniones de clientes
Google4.7★★★★★

Fundadores que querían hacerlo bien.

Google4.7★★★★★
★★★★★Google
“As a software development crew at FewMoreTaps OÜ, we've had the pleasure of working with Prifinance on some key financial moves.First of all, navigating the world of corporate banking and finance can be a maze, but Prifinance made it feel like a walk in the park. They helped us set up a corporate bank account without the hassle of jumping on a plane or drowning in paperwork. Everything was done remotely, smoothly…”
K N
K N
Google
★★★★★Google
“I had their assistance in company registration and I would recommend them. They were answering all my clarification during the process and offering all their supportThank you Daniel and Irinia”
Mina Kedis
Mina Kedis
Google
★★★★★Google
“We found PRIFINANCE COMPANYvia the Internet and asked for help in organizing the opening of their company in Estonia. PRIFINANCE COMPANY specialists helped us a lot with this. Their professional, competent approach and knowledge of their business left us with only the best impressions.”
Юрий Валерьевич
Юрий Валерьевич
Google
★★★★★Google
“I'm thrilled with my experience with PriFinance! They helped me obtain a crypto license in Estonia without any hassle. The team was super understanding and always available to answer my questions and assist. It was great to see how they put effort into preparing the documents to ensure everything went smoothly. I'm delighted with the outcome and highly recommend PriFinance to anyone looking to get a license…”
Anna Anna
Anna Anna
Google
★★★★★Google
“Opening an account with Prifinance in a Swiss bank was such an easy and quick process that I was shocked. It all started with the first call, where I received detailed guidance on the required documents and the entire procedure.One of the key highlights was their attention to detail. As someone who usually gets tangled up in paperwork, I was pleasantly surprised when they sent me all the documents and…”
Анастасия Одокиенко
Анастасия Одокиенко
Google
★★★★★Google
“I recently had the pleasure of working with Boris.. and I must say, it was a fantastic experience. Boris went above and beyond to assist me with my residency needs. His professionalism, knowledge, and dedication truly stood out. I highly recommend working with Boris and the team!”
Maria Jose Santome
Maria Jose Santome
Google
Empiece hoy

Su licencia de inversión de Colombia está a un mensaje de distancia.

Obtenga un dictamen jurídico gratuito sobre su proyecto: nuestro equipo legal analizará su caso sin coste y emitirá un dictamen por escrito sobre qué jurisdicción, alcance de licencia o ruta encaja con su negocio.Dictamen jurídico gratuito: qué tramo colombiano encaja con su proyecto y cuánto costará.

Dictamen jurídico escrito en 2-5 días hábiles, sin costeUna recomendación clara sobre el alcance de licencia adecuado, no un argumento de ventaTarifas fijas y transparentes, confirmadas de antemanoEquipo que habla EN · RU · ES
Estamos en línea - un abogado responde en 2 minutos➤ Telegram

Prifinance es un despacho independiente de abogados y consultores. No somos un regulador ni estamos afiliados a la Superintendencia Financiera de Colombia ni a ninguna otra autoridad pública, ni contamos con su respaldo ni actuamos en su nombre. Las autorizaciones las conceden las autoridades competentes y se obtienen directamente de ellas.